Consumidores
La Ley de Servicios de Atención a la Clientela afronta este miércoles su último trámite en el Congreso antes de ir a Pleno
- Obligará a las grandes empresas a atender en lenguas cooficiales allí donde estén reconocidas
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El Proyecto de Ley por la que se regulan los servicios de atención a la clientela, auspiciada por el Ministerio de Consumo, afronta este miércoles un nuevo trámite en la Comisión de Derechos Sociales y Consumo del Congreso, que emitirá su dictamen en torno a una norma que, entre otras cuestiones, obligará a las grandes empresas, esto es, aquellas con más de 250 trabajadores y más de 50 millones de facturación, a atender a sus clientes en las lenguas cooficiales en aquellas regiones donde estén reconocidas.
En concreto, la ley, aprobada en febrero de 2024 en Consejo de Ministros y que registró más de 200 enmiendas durante su tramitación en la Cámara Baja, propondrá, en virtud de un acuerdo entre Gobierno y Junts al que se sumaron Bildu, BNG y ERC, que, a solicitud del consumidor o usuario “sito en comunidades autónomas que dispongan de varias lenguas oficiales”, se “asegurará” la atención “en el idioma oficial que se solicite”, pero “siempre y cuando” la empresa preste servicios en aquellas regiones que “disponen de lengua oficial diferente al castellano y la lengua utilizada sea oficial en dicha comunidad autónoma”.
En paralelo, se “asegurará” que la presentación de consultas, quejas, reclamaciones o incidencias de las empresas que prestan servicios en comunidades autónomas con lengua oficial diferente al castellano se realice “en castellano, o en cualquiera de las lenguas oficiales” cuando el servicio de atención a la clientela “sea dirigido a clientela sita en comunidades autónomas que dispongan de lenguas oficiales” y no en todo el territorio.
Junto a ello, también obligará a las empresas a garantizar que el 95% de las llamadas telefónicas que reciban de sus clientes sean atendidas, de media, en un plazo inferior a tres minutos, reforzará el derecho a una atención personalizada, prohibiendo que las empresas atiendan a estas llamadas de forma exclusiva a través de contestadores automáticos y va a declarar nulos todos los contratos que deriven de una llamada no consentida.
Por otro lado, en el caso de las reclamaciones, se establece un plazo máximo de 15 días para resolver una reclamación, cuando en la actualidad el plazo es de 30 días.
Además, tal y como ha puntualizado el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, en varias ocasiones, la ley incluye también la prohibición de las llamadas spam y de la renovación automática de contratos o suscripciones contratadas online sin avisar con 15 días de antelación de su vencimiento, así como las reseñas falsas, entre otras cuestiones.
En caso de recibir el visto bueno de la comisión, el texto será elevado al Pleno del Congreso para su aprobación antes de seguir su tramitación en el Senado.
(SERVIMEDIA)
29 Oct 2025
MJR/clc


