Transporte

La limitación del número de VTC en Barcelona viola la libertad de establecimiento, según el abogado de la UE

MADRID
SERVIMEDIA

El abogado general Maciej Szpunar del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concluyó este jueves que la limitación a una licencia de vehículos de transporte con conductor (VTC) por cada 30 de taxi en el área metropolitana de Barcelona viola la libertad de establecimiento.

En las conclusiones difundidas este jueves, el abogado general considera que, aunque el transporte local de pasajeros bajo demanda no está actualmente sujeto a armonización en la Unión Europea, lo que significa que, en principio, los Estados miembros tienen libertad para intervenir y regular ese ámbito, “debe respetarse la libertad de establecimiento”.

La limitación 1/30 en el área metropolitana de Barcelona, así como el requisito de recibir autorización específica para poder prestar servicio de VTC, “constituyen una restricción a esa libertad” de establecimiento.

Dado que una restricción a la libertad de establecimiento solo puede justificarse, en primer lugar, si responde a una razón imperiosa de interés general, el abogado general examina las razones invocadas a modo de justificación por Barcelona.

De acuerdo con Szpunar, la viabilidad económica de los servicios del taxi no puede por sí misma constituir una razón imperiosa de interés general. Le parece cuestionable que el servicio del taxi pueda considerarse de interés económico general.

Reconoce que el transporte privado local puede a veces subsanar una falta de servicio no cubierta por el transporte público local, pero puntualiza que ampliar la oferta de servicios de transporte local contribuiría a contar con un sistema que funcionara correctamente.

El abogado general considera que no se puede proteger los servicios del taxi de todo cuestionamiento ulterior solo porque puedan constituir un servicio de interés económico general.

De manera análoga, Szpunar subraya que el mantenimiento de un equilibrio entre los servicios del taxi y de los VTC “no puede considerarse una razón imperiosa de interés general válida”. Reitera que, si la verdadera intención es establecer un sistema adecuado de transporte local privado, “la ampliación de la oferta a través de la admisión de más VTC sería de mayor utilidad para solventar el problema”.

Por otra parte, Szpunar no ve, en principio, problema alguno en justificar la exigencia de una autorización adicional, puesto que esta puede satisfacer las especificidades de la región en cuestión, en particular en cuanto al tráfico y a la contaminación. Sin embargo, la autorización adicional no debe requerir que se dupliquen los controles ya efectuados en otros procedimientos, ni en el mismo Estado miembro ni en ningún otro.

(SERVIMEDIA)
15 Dic 2022
MMR/man