Fiscal

Madrid es la ciudad que más recaudó por habitante el año pasado y Pamplona la que menos, según los economistas

MADRID
SERVIMEDIA

Los ciudadanos sufrieron el año pasado una diferencia de 566 euros entre la ciudad en la que más tributos locales se pagaron -en Madrid se abonaron 1.001 euros por habitante- y en la que menos se pagó -en Pamplona fue de 435 euros por habitante-.

Así se extrae del estudio ‘Panorama de la fiscalidad local 2024' elaborado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), el órgano especializado en fiscalidad del Consejo General de Economistas (CGE).

El informe refleja que, en 2023, un ciudadano residente en una capital de provincia pagó de media 705 euros por tributos locales. Así, las diferencias entre capitales “son importantes”, ya que mientras en Madrid se abonaron 1.001 euros por habitante, en Pamplona se pagaron 435 euros por habitante, una diferencia de 566 euros entre la ciudad en la que más se paga y en la que menos. Estas cantidades se abonaron por impuestos directos, indirectos y tasas.

Después de Madrid, la ciudad que más recaudó fue Barcelona, con 978 euros por habitante, seguida de Tarragona, Girona y Toledo. También indica el estudio que los ayuntamientos obtienen el 66% de sus ingresos por impuestos locales a través del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), un tributo obligatorio sobre el que tienen una notable capacidad normativa y que se recauda con carácter anual.

De los otros dos impuestos de exacción obligatoria y también de recaudación anual, el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) presenta una escasa participación, el 8% del total de los ingresos municipales, recaudación que según los economistas viene lastrada por las exenciones -a las personas físicas y jurídicas con importe neto de la cifra de negocios inferior a un millón de euros-.

Por su parte, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) tiene la particularidad de que lo paga el titular del permiso de circulación, por lo que algunos municipios han atraído flotas de vehículos estableciendo unos tipos muy bajos. La recaudación es del 11% de los ingresos locales.

Según los economistas, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), que es potestativo, tiene “algunos problemas de cuantificación y revisión de su base imponible”. En épocas pasadas tuvo “una elevada participación en los ingresos municipales”, pero “actualmente se ha reducido considerablemente su aportación a las arcas municipales, contribuyendo tan solo con el 7% de los ingresos locales”.

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), potestativo y comúnmente llamado de plusvalía municipal, que estuvo cuestionado tras la declaración de inconstitucionalidad de determinados preceptos del tributo, aporta el 8% de los ingresos municipales.

Por lo que se refiere a las tasas municipales, con las que se recauda “el 28,6% de todos los ingresos tributarios de las haciendas locales”, el estudio observa que muchas gravan “los mismos servicios o la misma utilización del dominio, aunque la forma de hacerlo es muy diferente en cada una”.

Asimismo, los economistas señalaron el problema de que solo algunos ayuntamientos cuentan con órganos económico-administrativos. Los contribuyentes en municipios sin estos órganos deben recurrir directamente a la vía contencioso-administrativa si no están de acuerdo con una liquidación tributaria local, ya que no pueden acceder primero a la vía económico-administrativa gratuita, lo que a menudo lleva a no litigar por los costes que supone la vía judicial.

REFORMA DE LA IMPOSICIÓN MUNICIPAL

El REAF aseguró que “sería deseable la revisión de la tributación sobre la riqueza en España”, puesto que el sistema fiscal “recae en exceso sobre los bienes inmuebles”. En ese sentido, “el IBI, la imputación de rentas en el IRPF cuando el bien está a disposición de titular y el Impuesto sobre el Patrimonio son ejemplos del gravamen de estos bienes solamente por la mera tenencia de estos, sin considerar la transmisión de los mismos, que también es gravada por varios tributos de manera simultánea”.

Además, añadieron que el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) “necesita una revisión desde hace muchos años”, ya que “grava de manera importante a unas empresas y a otras no”, pese a que “puede que entre ellas solamente haya algunos euros de diferencia en cuanto a facturación”.

En últimas instancia, para posibilitar que todos los ciudadanos puedan acudir a la revisión en vía económico-administrativa cuando de tributos locales se trata, propusieron la creación de Tribunales Económico-Administrativos provinciales que sustituirían a los órganos existentes en los municipios de gran población y atenderían las reclamaciones de los vecinos de todos los municipios de la provincia.

(SERVIMEDIA)
25 Sep 2024
ECJ/gja