Constitución
María Emilia Casas inaugura el nuevo ciclo de doctrina constitucional del Instituto de España
- Manuel Aragón analizara en dicho seminario la sentencia sobre la Ley de Amnistía

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La presidenta emérita del Tribunal Constitucional María Emilia Casas inaugurará el nuevo ciclo de doctrina constitucional que organiza el Instituto de España. Comenzará mañana martes en su sede de Madrid el quinto Seminario de Doctrina Constitucional, organizado por el secretario general del Instituto de España y magistrado emérito del TC, Andrés Ollero, y José Antonio Santos Arnaiz, catedrático de Filosofía del Derecho y Secretario Académico de Derecho Público II de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (URJC).
Todas las sesiones comenzarán a las 11.00 horas, estarán abiertas a todos los que deseen asistir y serán retransmitidas en directo por el canal de YouTube del Instituto de España. A lo largo de cinco sesiones, magistrados eméritos, letrados del Tribunal Constitucional y profesores universitarios analizarán distintas sentencias del citado tribunal que han tenido una especial relevancia, como las relacionadas con la Ley de Amnistía o sobre el despido de una mujer embarazada.
En la primera sesión participarán los dos organizadores de este nuevo ciclo de Doctrina de Derecho Constitucional, además de María Enciso Alonso-Mañumer, decana de la Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas de la URJC. Posteriormente a la inauguración, la presidenta emérita del Tribunal Constitucional María Emilia Casas abordará la sentencia del TC 155/2009 sobre la especial trascendencia constitucional en los recursos de amparo que se interponen ante el Alto Tribunal.
El 11 de noviembre intervendrá el catedrático de la URJC José Antonio Santos abordará la sentencia del Tribunal Constitucional de 2013 sobre el despido de una trabajadora embarazada. En esa resolución, que contó con el voto en contra de cuatro magistrados, declaró que la “protección reforzada” que el Estatuto de los Trabajadores establece para las trabajadoras embarazadas en caso de despido no puede extenderse a aquellos casos en los que se produzca el "desistimiento empresarial durante el periodo de prueba”. Es decir: la circunstancia del embarazo, aunque no sea conocido por la empresa, será causa objetiva de nulidad sólo en caso de despido, y no en el caso de extinción de contrato en periodo de prueba, “dada la distinta naturaleza de ambas instituciones”.
Siete días después, el 18 de noviembre, intervendrá el magistrado emérito del TC Manuel Aragón, quien analizará la reciente resolución del Alto Tribunal que avaló los puntos principales de la Ley de Amnistía, rechazando el grueso del recurso interpuesto por el Grupo Popular del Congreso. En esa decisión, el TC rechaza la tesis de que la Constitución prohíba la amnistía como institución jurídica por el solo de hecho de no contener una habilitación expresa. “El silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición de tal institución", destacaba al respecto. Junto a ello, la mayoría de los magistrados incidían en que en el otorgamiento de una amnistía, el Parlamento no está reemplazando a los tribunales en la determinación de la culpabilidad, “sino estableciendo que, por motivos extrajurídicos, se extingue la responsabilidad punitiva que pueda derivarse de la comisión de determinados ilícitos cometidos en el pasado”.
El ciclo de Doctrina Constitucional del Instituto de España se cerrará el 2 de diciembre, y esta ocasión el ponente será el Letrado del Tribunal Constitucional Juna Ignacio Moreno Fernández. Su intervención versará sobre la sentencia del TC de 2021 sobre plusvalía municipal en contraste con la del año 2024 sobre igualdad y no discriminación por razón de sexo. En esta última decisión, el Alto Tribunal consideró discriminatorio que el permiso por nacimiento de hijos fuese menor en aquellos de familias monoparentales que en los de familias biparentales.
(SERVIMEDIA)
13 Oct 2025
s/gja