Accidentes trenes

Los mediadores recuerdan que los pasajeros de tren cuentan con seguro obligatorio de viaje en caso de accidente

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General de los Colegios de Mediadores de Seguros recordó este jueves que los pasajeros de tren cuentan con un Seguro Obligatorio de Viajero que cubre “las lesiones corporales de toda persona que, en el momento del accidente, esté provista del título de transporte”, incluyendo muerte, incapacidad permanente o temporal del asegurado, así como asistencia sanitaria.

En caso de fallecimiento, los beneficiarios se determinan en el siguiente orden: cónyuge, descendientes o padres del finado, y las cuantías de indemnización se fijan conforme al anexo del Real Decreto 1575/1989.

Por otra parte, el real decreto 627/2014 de asistencia a las víctimas de accidentes ferroviarios y a sus familiares establece un baremo de indemnizaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros en el transporte ferroviario que duplica las indemnizaciones previstas para los viajeros de otros transportes colectivos.

Con independencia del Seguro Obligatorio de Viajeros, el responsable del accidente deberá indemnizar a las víctimas y perjudicados mediante su seguro de responsabilidad civil, pudiendo aplicarse posibles franquicias.

Las víctimas y perjudicados pueden presentar reclamaciones judiciales o extrajudiciales, y en muchos casos estas pueden canalizarse a través de coberturas de defensa jurídica incluidas en seguros de hogar, defensa jurídica u otras pólizas que contemplen estas reclamaciones.

Por último, el Consejo General recomienda acudir a un mediador de seguros para recibir orientación y asistencia profesional.

(SERVIMEDIA)
22 Ene 2026
DMM/clc