Menores

Los menores que lleguen solos a Canarias, Ceuta y melilla a partir de ahora tendrán que ser reubicados en 15 días

MADRID
SERVIMEDIA

Los menores extranjeros no acompañados que lleguen a canarias, Ceuta y Melilla tras la declaración de contingencia migratoria de emergencia en estos tres territorios tendrán que ser derivados a otras Comunidades en un plazo de 15 días, tal como establece el Real decreto-Ley 2/20225, que modificó el artículo 35 de la Ley de Extranjería para permitir estos traslados automáticos.

Así lo declaró este martes el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, tras la Comisión Interministerial de Inmigración celebrada hoy, en cumplimiento de esta misma norma.

Según explicó Torres, el Decreto-ley establece que, “cuando más de un territorio soliciten la declaración de contingencia migratoria y tengan derecho a ello”, esta comisión debe ser convocada.

Los sistemas de protección a la infancia de Canarias, Ceuta y Melilla están a más del triple de su capacidad, detalló, por lo que tienen derecho a ello y así se ha declarado.

De este modo, “hemos se activan los mecanismos para llevar a cabo estas reubicaciones automáticas” de menores migrantes, indicó.

En el caso de los menores que lleguen a partir del reconocimiento de contingencia migratoria, la Ley concede un plazo de 15 días para esta derivación, “una vez oído el menor en audiencia y tras el informe de fiscalía”.

Cuestión distinta es lo que la ley prevé para aquellos menores que ya se encontraban en los territorios tensionados.

En este caso, se establece un plazo de un año --de marzo de 2025 a marzo 2026-- para llevar a cabo las reubicaciones.

(SERVIMEDIA)
02 Sep 2025
AGQ/mag