Consumidores

OCU critica “parte” del preacuerdo entre el Consejo y la Eurocámara sobre derechos de los pasajeros aéreos

MADRID
SERVIMEDIA

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) criticó este miércoles varios aspectos del preacuerdo alcanzado el martes entre el Consejo y la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo en relación con el nuevo Reglamento que regulará los derechos de los pasajeros aéreos.

Así lo precisó en un comunicado en el que también valoró “positivamente” otras medidas que, a su juicio, “mejoran” la actual normativa, pendiente de validación por el pleno de la Eurocámara el próximo mes de julio.

En concreto, OCU destaca tres aspectos que, a su entender, “empeoran” la actual normativa, el primero es que se admite el cobro por el equipaje de cabina, incluido ahora en el precio final del billete.

“Aunque se permite excluirlo durante la contratación renunciando al mismo, esta decisión avalaría el actual cobro de las aerolíneas low cost, que suma 56 euros adicionales de media y que recientemente sancionó el Ministerio de Consumo”, subrayó.

En paralelo, destacó que no se actualizan las indemnizaciones en caso de retraso o cancelación. Se mantienen los mismos importes acordados hace 13 años, que varían entre los 250 y los 600 euros para vuelos con un retraso de al menos tres horas.

“Algo difícilmente entendible si se considera que desde 2013, cuando se empezó a negociar una actualización del acuerdo, el IPC acumulado en la eurozona ha aumentado un 34%”, agregó.

P9r último, hizo hincapié en que las aerolíneas no facilitarán mecanismos automáticos y simplificados para solicitar las reclamaciones, con formularios prerellenados o al menos un link a los mismos.

MÁS CLAVES

“Según la propia Comisión Europea, apenas uno de cada dos pasajeros con derecho a compensación la solicitan”, señaló.

De otro lado, a su entender, entre las mejoras destacan el hecho de mantener el umbral actual de tres horas de retraso en la llegada para tener derecho a una compensación, equiparándolo con una cancelación del vuelo.

“Las aerolíneas pretendían aumentar este plazo, lo que en este caso únicamente beneficiaría al causante del daño”, denunció.

Junto a ello, celebró que se presta “especial atención” a los pasajeros con discapacidad, mujeres embarazadas y niños en cochecito, que tendrán prioridad en el embarque y sus acompañantes podrán sentarse al lado sin cargos adicionales.

A su vez, valoró que se concreta lo que se considera circunstancias extraordinarias limitándolas a aquellas que escapan a la previsión de la compañía y no son inherentes a su servicio (aunque podría serlo una huelga del personal del avión), ya que anularían posibles compensaciones.

Por otra parte, se debe comunicar de forma “clara y accesible” a los pasajeros los derechos de compensación en un plazo máximo de cuatro días en caso de incidencias y se prohíben las cláusulas “no show”, que impedían a los pasajeros utilizar el vuelo de regreso si no habían hecho uso del trayecto de ida.

(SERVIMEDIA)
17 Jun 2026
MJR/gja