Consumo
OCU pide que la “inminente” prohibición de la contratación telefónica de la luz “alcance” también al gas
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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) pidió este martes que la “inminente” prohibición de la contratación telefónica de la luz “alcance” también al gas.
Así lo reclamó en un comunicado en el que celebró la anunciada aprobación por parte del Consejo de Ministros del nuevo Reglamento General de Suministro y Contratación de Energía Eléctrica por medio de un Real Decreto que pone fin a una de las prácticas comerciales “más lesivas”, a su juicio, para los consumidores, como es la contratación telefónica de la luz “sin una petición expresa, inequívoca e informada del usuario; o sin que proceda directamente del mismo”.
“OCU lleva años denunciando las malas prácticas de las 'asesoras energéticas', consultoras y centros de llamadas subcontratados que mediante engaños, como hacerse pasar por su comercializadora, urgen al usuario a responder afirmativamente a un SMS en el que presuntamente se ofrece un jugoso descuento, cuando en realidad se está cambiando de compañía”, recordó, al tiempo que incidió en que es una práctica denunciada ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMV) y que “podría afectar hasta a un 15% de los contratos de gas y luz”.
En concreto, OCU ya advirtió de que “muchos” de estos intermediarios disponen de tantos datos personales del cliente “que es difícil no desconfiar de sus malas prácticas comerciales”, al igual que sobre la “grave falta de transparencia”, dado que “no facilitan información básica sobre las condiciones de la supuesta oferta ni sobre la identidad de la comercializadora”.
Tras señalar que la nueva norma prohibirá la publicidad y la formalización de contratos por vía telefónica, salvo que sea el propio consumidor quien solicite expresamente la llamada o requiera información para una finalidad concreta , la OCU indicó que esta medida supone “un avance esencial” en la protección de los hogares, “especialmente de los colectivos más vulnerables, que han sido los principales afectados por llamadas comerciales no deseadas, engañosas o confusas”.
Asimismo, la asociación recordó que, aunque la Ley General de Telecomunicaciones de 2022 reconocía el derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines comerciales, “no existía una prohibición clara de contratar por teléfono, lo que permitía a las comercializadoras seguir recurriendo a esta vía para captar clientes”.
MÁS MEDIDAS
En paralelo, también valoró “positivamente” otras medidas incluidas en el nuevo reglamento, como la obligación de grabar íntegramente las llamadas, con acceso garantizado al consumidor en un plazo máximo de 20 días; el refuerzo de requisitos y garantías para las comercializadoras, con el objetivo de asegurar solvencia y responsabilidad; el derecho a cancelar contratos en cualquier momento sin penalizaciones para consumidores con tarifas 2.0TD y la creación de la figura del defensor del cliente eléctrico, cuyas resoluciones serán vinculantes cuando la empresa decida incorporarla.
No obstante, solicitó también que las mismas garantías se apliquen al mercado del gas e incidió en que será indispensable supervisar “activamente” que las comercializadoras cumplen la prohibición; sancionar “con contundencia” las prácticas comerciales agresivas o engañosas y “velar por la claridad de la información y la libre elección del consumidor”.
(SERVIMEDIA)
27 Ene 2026
MJR/clc


