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La Plataforma por el Ocio de Madrid reclama desbloquear la revisión de aforos en locales de Madrid

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La Plataforma por el Ocio, la Hostelería, la Cultura y el Turismo de Madrid, principal representante de las empresas de este sector en la ciudad, ha reclamado al Ayuntamiento y a la Comunidad de Madrid que aborden y resuelvan la actual “crisis de los aforos”, adaptando los criterios de cálculo a la normativa de seguridad vigente para garantizar la seguridad jurídica de las empresas y reducir las molestias en la calle.

Con este objetivo, la plataforma realizó una demostración práctica en El Penta, uno de los locales más representativos de Malasaña, para evidenciar la diferencia entre los aforos de licencia y el aforo real calculado con el Código Técnico de la Edificación. Según la licencia municipal, el establecimiento tiene un aforo de 72 personas, pero el cálculo con criterios de evacuación eleva la cifra a 225, un 312,5% más. Durante el acto, se comprobó que con 72 personas el local quedaba “prácticamente vacío”.

La plataforma denunció la “paradoja” de que los criterios ambientales del Plan General de Ordenación Urbana Municipal (Pgoum) de 1997, pensados para reducir el impacto de los locales, se han convertido en “la principal causa del ruido”.

A su juicio, las restricciones provocan que los locales operen medio vacíos mientras el público genera colas y ruido en el exterior, por lo que denunció que el proceso de adaptación de los aforos sigue bloqueado por los “absurdos criterios” de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental y la Agencia de Actividades.

Por ello, la organización empresarial exigió al Ayuntamiento de Madrid que aproveche el último año de legislatura para desbloquear la adaptación de los aforos en las Zonas de Protección Acústica Especial (Zpae) y apruebe una nueva instrucción. A la Comunidad de Madrid le solicitó que la nueva Ley de Espectáculos fije los criterios de cálculo de acuerdo con el Código Técnico de la Edificación y que el régimen sancionador se ajuste a una “tipificación objetiva del riesgo”.

(SERVIMEDIA)
07 Mayo 2026
JAM/gja

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