Tribunales
Prisión provisional para Santos Cerdán por los “notabilísimos indicios” de criminalidad y el riesgo de destrucción de pruebas

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El magistrado instructor Leopoldo Puente acordó este lunes la prisión provisional comunicada y sin fianza del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán por la comisión de los posibles delitos de integración en organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
La medida había sido solicitada por el fiscal jefe Anticorrupción, Alejando Luzón, que apreciaba riesgo de fuga y posibilidad de que el investigado pudiera destruir pruebas.
La Fiscalía coloca a Cerdán en el vértice de una organización criminal que se dedicaba a amañar adjudicaciones a cambio del cobro de mordidas y considera que puede tener escondido el dinero obtenido a través de estas actividades ilícitas.
Cerdán salió a bordo de un vehículo policial desde el Supremo en dirección a los calabozos de la Audiencia Nacional desde donde será trasladado a la prisión de Soto del Real, la cárcel a la que normalmente se traslada a los presos preventivos.
En su auto, el instructor explica que tras recibir declaración de Santos Cerdán, se celebró la vistilla de medidas cautelares prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El escrito recoge la petición hecha por el Ministerio Fiscal a la que se adhirieron las acusaciones populares que, además, solicitaron que se le imputara también un posible delito contra la Hacienda Pública.
Por su parte, la defensa pidió que se mantuviera la situación de libertad provisional, imponiéndose cualquier otra medida cautelar de naturaleza personal que resultara menos limitativa del derecho a la libertad del investigado.
El magistrado explica que tras la declaración de Cerdán, en la que sólo respondió a su abogado, resulta evidente que “persisten notabilísimos indicios” de que “pudiera haber participado en la comisión de unos hechos” que de manera provisional podían constituir delitos de “integración en organización criminal, tráfico de influencias y cohecho”.
Indica el juez que la Fiscalía apunta a la comisión de un delito de malversación de caudales públicos, y la acusación popular a otro contra la Hacienda Pública, que deberán ser investigados en adelante.
El instructor descarta que haya riesgo de que Cerdán cometa nuevos hechos delictivos ya que ha dejado el acta de diputado y ha salido del PSOE. Tampoco advierte con “nitidez” el riesgo de fuga, aunque no lo ve “enteramente descartable” puesto que aún se desconoce todavía su verdadera situación económica y los posibles contactos y/o recursos de los que pudiera disponer en el extranjero.
“PELIGRO FUNDADO”
El principal argumento para enviarle a prisión es el “peligro fundado” de que “pudiera proceder a la ocultación, destrucción o alteración de fuentes de prueba relevantes para un futuro enjuiciamiento, riesgo que debe ser conjurado con la adopción en este momento de la medida cautelar de naturaleza personal solicitada por las acusaciones, no existiendo otra, menos gravosa para su libertad personal, que pudiera resultar igualmente eficaz para la consecución de dicha finalidad”, señala el auto.
El juez Puente asegura que hay un “homogéneo y consistente conjunto de indicios” de la presunta comisión de hechos delictivos. Apunta el magistrado a la existencia de grabaciones “explícitas” de los supuesto amaños. Tan claras son, añade, que ni siquiera en la comparecencia de este lunes “se cuestiona de forma directa su inequívoco contenido”.
En un durísimo auto el juez recuerda que las grabaciones “no son consecuencia de una intervención judicial en las comunicaciones de los investigados, sino que fueron halladas en poder de uno de ellos, quien habría resuelto, por algún motivo no difícil de imaginar, grabarlas primero y conservarlas después en su poder”.
En estas circunstancias, asegura, “parece difícilmente concebible, atendiendo además a la relativamente mala calidad del sonido, que las mismas no se hubieran producido en realidad y que resultaran consecuencia de una artificiosa manipulación de don Koldo García Izaguirre”. No se cree el juez, por tanto, que haya manipulación de las grabaciones por inteligencia artificial.
“En definitiva, la imprecisa y genérica impugnación de la autenticidad de las grabaciones obrantes en la causa, por legítima que resulte en términos de defensa, carece en este momento de una mínima consistencia que permita siquiera tomarla en cuenta como hipótesis razonable en términos de probabilidad”, concluye.
Tampoco ve claro el instructor que el contrato de compra del 45% de Servinabar no tenga validez y asegura que el hecho de no haberlo elevado a escritura pública “no le privaría de valor y eficacia entre las partes”. Menciona, igualmente, las relaciones acreditadas entre Cerdán, el exministro de Transportes José Luís Ábalos y el que fuera su asesor, Koldo García.
Insiste el magistrado en que la investigación es incipiente y en que aún no ha culminado la investigación patrimonial sobre Cerdán, al que tampoco se ha hecho un registro domiciliario, por lo que decreta la prisión para que no pueda entorpecer las pesquisas o destruir pruebas.
(SERVIMEDIA)
30 Jun 2025
SGR/clc