Protección de Datos
La Red Iberoamericana de Protección de Datos actualiza el marco común de privacidad
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La Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD) ha aprobado por unanimidad una nueva versión de los Estándares de Protección de Datos para los Estados Iberoamericanos, un instrumento para contribuir a la modernización de las legislaciones nacionales de protección de datos, impulsar reglas comunes en la región y favorecer la cooperación entre autoridades.
Los nuevos Estándares, aprobados durante el Encuentro de la RIPD celebrado en Cartagena de Indias (Colombia), actualizan el marco regional de protección de datos para responder a los desafíos derivados de la transformación digital, según informa en un comunicado la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ejerce la secretaría permanente.
Esta actualización de los Estándares de 2017 se adapta a los retos actuales: la inteligencia artificial, las decisiones automatizadas, la biometría, los neurodatos, la protección de la infancia y la adolescencia en entornos digitales, la gobernanza algorítmica y la calidad de los datos utilizados por sistemas automatizados.
El texto incorpora por primera vez referencias específicas a los neurodatos dentro de las categorías especiales de datos sensibles. El texto define los neurodatos como aquellos relacionados con el funcionamiento, la actividad o la estructura del cerebro humano que permitan identificar o hacer identificable a una persona o inferir información relativa a su fisiología, salud o estados mentales.
Los Estándares establecen que el tratamiento de neurodatos deberá ser objeto de medidas especiales de responsabilidad reforzada y que deberá prestarse especial atención al cumplimiento de principios como la minimización, la exactitud, la transparencia, la seguridad y la responsabilidad proactiva.
Además, el documento identifica como tratamientos de alto riesgo aquellos destinados a inferir estados mentales o convicciones íntimas, modificar indebidamente la voluntad o el comportamiento de las personas, realizar vigilancia masiva en contextos laborales, educativos o gubernamentales o identificar personas mediante patrones neuronales. Los Estándares señalan expresamente que este tipo de tratamientos podrían ser objeto de prohibiciones en las legislaciones de los Estados iberoamericanos.
El texto incorpora referencias a los tratamientos automatizados y a los sistemas de IA. Entre otras cuestiones, el texto promueve mecanismos de gobernanza algorítmica, trazabilidad, supervisión humana efectiva, evaluación continua de riesgos y auditoría periódica de sistemas automatizados y de inteligencia artificial.
(SERVIMEDIA)
15 Jun 2026
JRN/gja


