LA REGULARIZACION FISCAL NO HACE DESAPARECER EL DELITO PARA LOS DEFRAUDADORES, SEGUN LA FISCALIA DE LA AUDIENCIA
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La fiscalía de la Audiencia Ncional considera que los defraudadores que paguen su deuda con Hacienda no quedan exentos de las responsablidades penales que pudieran derivarse ya que, en su opinión, la regularización fisal "no actúa como excusa absolutoria pues el delito ha nacido desde el momento en que existe la deuda tributaria no cumplida".
Asimismo, opina que si con la regularización desapareciese el delito esto supondría un "enorme agravio comparativo" con el contribuyente que en su momento cumplió sus obligaciones fiscales yanimaría a muchas personas a no cumplir con Hacienda ya que siempre podría pagar posteriormente con lo que evitarían el delito fiscal.
Para la fiscalía, la regularización fiscal sólo podría actuar como atenuante de arrepentimiento espontáneo, lo que permitiría imponer en el grado mínimo la pena, que en el caso de delito fiscal asciende de seis meses y un día a seis años de privación de libertad y una multa.
De este modo, la rebaja de la pena en uno o dos grados no eliminiaría su valor ejemplarizaos ni haría desaparecer el delito, pero tampoco supondría la privación de libertad para el defraudador.
La fiscalía entiende que la regularización no implica que el bien jurídico protegido haya dejado de ser atacado, por lo que la reparación de los efectos del delito, es decir, el pago de la deuda al fisco, sólo tendría consecuencias en lo referente a las indemnizaciones a la Hacienda Pública, pero el delito seguiría existiendo y en la mayoría de las ocasiones iría acompañado de otros, como falsificacón de facturas o declaraciones.
Por ello, señala que es el legislador el único que puede incluir en el futuro Código Penal o en futuras reformas del mismo la disminución de la responsabilidad penal para los que regularicen su situación con Hacienda, pero nunca la desaparación de la responsablidad criminal.
(SERVIMEDIA)
30 Jul 1993
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