SANIDAD EXTREMARA EL CONTROL DE LAS FORMULAS MAGISTRALES Y LOS PREPARADOS MEDICINALES DE LAS FARMACIAS
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El Ministerio de Sanidad y Consumo ha promulgado una norma que establece determinados requisitos en la prescripción y dispensación de fórmulas magistrales y preparados medicinales en las oficinas para tratamientos pecliares.
La orden ministerial tiene como objetivo controlar el mal uso que se da en nuestro país de productos adelgazantes a través de fórmulas magistrales y preparados farmacéuticos compuestos con sustancias medicinales anorexígenas, solas o en asociación con otros medicamentos, y la incidencia de estos productos en la salud individual y colectiva.
A partir de ahora, el Ministerio de Sanidad y Consumo valorará la idoneidad sanitaria de los medicamentos, prohibiendo la utilización de órganos o de lándulas animales, por suponer un riesgo innecesario cuando existen en el mercado farmacéutico los principios activos correspondientes, y limitando la utilización de algunas otras sustancias medicinales.
La norma contempla también la identificación de las fórmulas magistrales y los preparados oficinales, que, como mínimo, deberán incluir los datos de composición, nombre del paciente e identificación de la farmacia dispensadora del producto.
Finalmente, la orden reitera que tanto las fórmulas magitrales como los preparados medicinales se dispensarán solamente a través de las oficinas de farmacia y de los servicios de farmacia hospitalarios, y se prohibe la entrega al paciente de los mismos en la consulta o fuera de las farmacias, así como la venta a domicilio y cualquier otro tipo de venta indirecta.
(SERVIMEDIA)
26 Feb 1997
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