Israel
Sidenor acredita ante el juez que ha cumplido la legislación en sus ventas a Israel
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Tres directivos de Sidenor declararon este miércoles ante el juez de la Audiencia Nacional como investigados en un caso de presuntas irregularidades en las ventas de acero a Israel y aportaron pruebas que demostrarían que la empresa “no ha cometido irregularidad alguna”.
En un comunicado, Sidenor trasladó, en su defensa, las ideas que sus representantes declararon al juez, dado que la Audiencia Nacional admitió a trámite una denuncia por las ventas de acero a una empresa israelí, ante la posibilidad de que dicho material estuviese sometido a un control especial por parte de las autoridades y se hubiesen incumplido los trámites administrativos de registro.
Según Sidenor, en el momento de realizar dichas ventas no existía ninguna limitación en las relaciones comerciales con Israel y las entregas se cancelaron por decisión de Sidenor en el mes de julio, casi tres meses antes de que el Gobierno español decretase el embargo.
El acero fabricado por Sidenor y vendido en ese país no figura en el Anexo I de los reglamentos español ni europeo que identifican los productos sometidos a un control especial por parte de la administración, y, en ese sentido no precisa estar incluido en ningún registro específico ni haber solicitado una autorización previa para su exportación a países no sometidos a embargo, según la empresa.
Sidenor también declaró que no había recibido en ningún momento comunicación alguna por parte de las autoridades españolas o europeas sobre limitaciones excepcionales en las ventas de acero a Israel.
Por otro lado, la empresa que preside José Antonio Jainaga manifesto que los envíos a los que se refiere la denuncia representan menos del 0,2% de las ventas totales anuales de la empresa.
El decreto que regula las ventas a otros países de armamento y materiales susceptibles de doble uso y el reglamento europeo de 821/2021 recogen con detalle los tipos de acero sometidos a un control especial. Sin embargo, “ninguno de los aceros vendidos por Sidenor a Israel corresponden a la descripción detallada en ambos textos legales”, según sostiene la empresa.
Un informe fechado el 10 de setiembre de 2025 que obra en poder del juez y que ha sido elaborado por el Servicio de Vigilancia Aduanera, dependiente del Ministerio de Interior, en colaboración con la Policía Nacional, refleja que el material correspondiente al último envío retenido en el puerto de Barcelona por voluntad expresa de Sidenor no está sometido a un control especial. El mencionado informe recoge de forma literal que “su clasificación arancelaria presenta los caracteres de las demás barras de acero sin alear, acabadas en frío con un contenido de carbono superior a 0,25%. Al tratarse de un tipo de acero sin alear (designado comercialmente como SAE 1040), no tiene ningún epígrafe asociado ni se considera un material susceptible de doble uso”.
Sidenor ha adelantado al titular del Juzgado Central de Instrucción Nº1 que en los próximos días aportará, a través de sus abogados, un informe pericial adicional elaborado por una firma independiente que analiza la trazabilidad de los pedidos realizados por el cliente israelí al que se refiere la denuncia. El informe acredita que los aceros producidos para dicho cliente coinciden con las características solicitadas por él y no están sometidos a un control especial.
No obstante, Sidenor acordó unilateralmente suspender las relaciones comerciales con Israel a partir de julio de 2025, casi tres meses antes de que el Gobierno español decretase el embargo a ese país, y canceló el embarque previsto en el puerto de Barcelona para el 1de julio.
(SERVIMEDIA)
12 Nov 2025
MMR/gja


