Pensiones

Solo los pensionistas que viven en el extranjero tienen que presentar un certificado de fe de vida para su pensión

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones destacó este martes que únicamente los pensionistas que residen en el extranjero están obligados a presentar el certificado de fe de vida para seguir percibiendo su pensión. Como todos los años, han de hacerlo en el primer trimestre.

El departamento dirigido por José Luis Escrivá realizó esta aclaración ante determinadas informaciones publicadas en los últimos días en algunos medios de comunicación en las que se apuntaba que eran más las personas que tenían que realizar esta gestión para seguir percibiendo su prestación.

Esta acreditación consiste en remitir una fe de vida, que pueden obtener mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares, o también se expiden en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde residan.

Además, se contempla la posibilidad de realizar la comparecencia por videoconferencia ante estas Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde resida el pensionista, con la finalidad de evitar el desplazamiento a los interesados.

Los residentes en España no deben presentar ninguna comunicación de fe de vida ni realizar ningún otro trámite con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y seguirán percibiendo su prestación con normalidad sin la necesidad de remitir ninguna documentación al respecto.

“Ante la proliferación de este tipo de noticias sobre las obligaciones de los pensionistas, desde el Ministerio de Inclusión rogamos responsabilidad para evitar confusiones a los ciudadanos”, concluyó.

(SERVIMEDIA)
14 Mar 2023
DMM/gja