EL SUPREMO DOBLA LA PENA A UN PADRE QUE ROMPIO LA PIERNA A SU BEBE

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha doblado la pena de prisión que la Audiencia Provincial de Barcelona impuso a un hombre que maltrató a su hijo, un bebé de nueve meses. El tribunal catalán no quiso castigarle con los años de cárcel que establece la ley para quienes lesionan a niños menores de 12 años, por considerar que el reo era una persona "social y laboralmente integrada".

Según una setencia hecha pública hoy, los hechos se produjeron en Barcelona, entre las 5 y alas 6 de la tarde del 2 de septiembre de 1996, cuando el condenado golpeó al bebé, ante la actitud "renuente" de la criatura, a la que fracturó el fémur derecho.

En el hospital, la radiografías revelaron que el niño había sufrido tres fracturas oseas más con anterioridad, si bien no pudo probarse que el padre fuese el responsable de las mismas.

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó al padre de la criatura a dosaños de cárcel por un delito de lesiones con la agravante de parentesco, pero no tuvo en cuenta que el niño tenía menos de 12 años, lo que está castigado con entre dos y cinco años de prisión.

El tribunal argumentó que se trataba de una persona "social y laboralmente integrada", lo que quedaría dañado con la imposición de una pena de cumplimiento obligado. Según la legislación vigente, un reo ingresa en la cárcel cuando la sentencia supera los dos años en un centro penitenciario.

"No se ha considrado que la notoria indefensión de la víctima", dicen los magistrados del Tribunal Supremo, quienes recuerdan que el autor, "como padre, tiene el deber institucional de cuidar el hijo".

En este sentido, destacan las fracturas que los facultativos médicos encontraron en el bebé. "El acusado no puede ser considerado, sin más, como una personal social y laboralmente integrada, pues el descuidado estado en el que se encontraba su hijo es un síntoma de todo lo contrario", añaden.

Además, consideran qu la "notoria indefensión" de la víctima, no sólo agrava los hechos, sino que revela también la "especial personalidad" del padre maltratador.

El Alto Tribunal también rechaza de forma categórica que la imposición de una pena mayor al padre maltratador pueda repercutir "de forma negativa" en el bebé, tal y como afirmó en su día la Audiencia Provincial de Barcelona.

(SERVIMEDIA)
07 Sep 2001
VBR