Tribunales
El Supremo ordena a los gobiernos central y canario un informe quincenal sobre menores no acompañados que piden asilo
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El Tribunal Supremo (TS) ordenó este miércoles a los gobiernos central y canario que le envíen un informe quincenal sobre la evolución de los menores no acompañados que piden asilo en España en relación a los avances producidos en la ejecución de lo que estableció en su resolución del pasado 5 de junio.
En una providencia, el Supremo establece esta obligación e indica que en su contra cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de cinco días a contar desde su fecha de notificación, previa consignación del depósito de 25 euros, en la cuenta de esta Oficina Judicial.
El Supremo ordenó el pasado 5 de junio al Gobierno la urgente adopción de medidas en relación con los menores no acompañados radicados en Canarias (más de un millar) y que están interesados en solicitar asilo. En caso de incumplimiento de lo ordenado advertía sobre la imposición de medidas coercitivas a quienes sean responsables de la adopción de las medidas.
La Sala constató el “claro incumplimiento” de la medida cautelar acordada el 25 de marzo pasado al no haberse evaluado a ningún menor en los dos meses transcurridos, ni elaborado una relación completa y precisa de los mismos, con desconocimiento de los derechos que la legislación relativa a la protección internacional reconoce a los solicitantes de asilo, muy especialmente a los que se encuentran en situación de “vulnerabilidad y necesidad”.
Los magistrados insistían en que, “hasta el momento, en claro incumplimiento de la medida cautelar acordada -son ya dos los requerimientos incumplidos-, la Administración estatal ni se ha implicado eficazmente en garantizar el acceso de estos menores a las condiciones de acogida que resultan de su competencia, ni ha adoptado medidas eficaces para corregir la masificación en la tramitación de solicitudes, circunstancia que se erige en presupuesto de la anterior”.
Por ese motivo, el alto tribunal decide ahora imponer a ambos gobiernos la obligación de informarle de los avances que vayan implementando en el cumplimiento de su resolución de manera quincenal.
(SERVIMEDIA)
02 Jul 2025
SGR/clc