Tribunales
El Supremo reconoce por primera vez el derecho del comité de empresa europeo del Grupo IAG a ser consultado
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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia en la que reconoce por primera vez el derecho del comité de empresa europeo del Grupo IAG a ser consultado en caso de crisis empresarial transnacional que implique reestructuración en la compañía.
El fallo estima la demanda del comité de empresa y establece, además, el derecho de los representantes de los trabajadores a recibir información suficiente sobre los planes y situación empresarial en un contexto de crisis.
Según informó el Supremo, la sentencia, con ponencia de la magistrada Luisa María Gómez Garrido, analiza el alcance de los derechos de información y consulta en las distintas empresas del grupo radicadas en países diferentes.
Así, el TS establece que en procesos de reestructuración como los de British Airways o Aer Lingus durante la pandemia, la dirección de IAG está obligada a informar y también a facilitar la consulta formal con el comité europeo, reforzando así la protección de los derechos colectivos en grupos transnacionales.
El fallo insiste en que el interés de los trabajadores representados por el comité es real y no puede quedar diluido por el paso del tiempo y la culminación de los procesos de restructuración porque lo que se pretende es evitar futuras vulneraciones de derechos.
(SERVIMEDIA)
31 Oct 2025
SGR/clc


