EL SUPREMO VUELVE A DESESTIMAR LA OBJECIÓN A UN ALUMNO ANDALUZ
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El Tribunal Supremo dió hoy a conocer una nueva sentencia sobre la asignatura de Educación para la ciudadanía, por la cual vuelve a prohibir que otro niño andaluz objete.
En la sentencia, votada el pasado 10 de marzo, el Supremo asegura "haber lugar a los recursos de casación interpuestos por el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado y, sustancialmente, por el letrado de la Junta de Andalucía contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 3ª), con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 24 de julio de 2008, que anulamos, confirmando la validez de la resolución de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 19 de diciembre de 2007".
Además, en la sentencia del Tribunal Supremo existía un voto particular del magistrado Juan José gonzález Rivas, cuya posición es contraria a la sentencia y asume que "el alumno estudie la organización de la Unión Europea, los contenidos de las Convenciones Internacionales y los fundamentos de los principios y valores de nuestro sistema constitucional, por ser esenciales".
Sin embargo, Gonzálezentiende que "el Estado no puede invadir la esfera de la privacidad y la intimidad tratando de descubrir las conciencias individuales, los sentimientos y utilizar las actitudes, máxime cuando se introducen en el análisis del comportamiento familiar".
(SERVIMEDIA)
25 Mar 2009
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