Tribunales
El TJUE dice que la Ley de Amnistía contribuyó a la “reconciliación”
- Explicita que ni la malversación ni el terrorismo vulneran el ordenamiento europeo
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que la Ley de Amnistía no contraviene el ordenamiento comunitario puesto que lo actos amnistiados no atentan contra derechos fundamentales y destaca que la norma ayudó a “reducir tensiones institucionales y políticas” y propició la “reconciliación”.
El TJUE avala así la Ley de Amnistía. La Gran Sala declara que la amnistía no se opone al ordenamiento comunitario en lo relativo a la malversación. En relación con la causa de los Comités de Defensa de la República (CDR), dicta que tampoco contraviene el ordenamiento europeo.
El Derecho de la Unión no supone choque con la ley española cuya aprobación y la aplicación "son competencia de los Estados miembros". "El control del Tribunal de Justicia se limita a identificar problemas de tutela judicial que presenten carácter sistémico y a verificar la observancia del efecto útil de las normativas del Derecho de la Unión concretamente afectadas, como la Directiva relativa a la lucha contra el terrorismo y el procedimiento prejudicial", asegura la sentencia.
El TJUE ha examinado las cuestiones prejudiciales planteadas por dos órganos jurisdiccionales nacionales. La primera de ellas fue formulada por el Tribunal de Cuentas, que manifestó dudas sobre la aplicación de la medida de gracia al considerar que la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017 pudo haber afectado a los intereses financieros de la UE.
La segunda fue planteada por la Audiencia Nacional, que pidió al tribunal europeo que aclarara si la amnistía puede aplicarse a los delitos de terrorismo atribuidos a miembros de los CDR. Ambas instancias deberán aplicar directamente la doctrina de la justicia europea y amnistiar a los afectados.
El abogado general del TJUE, Dean Spielmann, ya presentó sus conclusiones el pasado 13 de noviembre. En ellas avaló la conformidad de la norma. Su posición es importante para el TJUE, aunque no es vinculante. La decisión del TJUE, sin embrago, no tendrá efectos inmediatos sobre la situación del expresidente catalán Carles Puigdemont, sobre el que pesa una orden de detención nacional dictada por el magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena.
Primero tendrá que pronunciarse el Tribunal Constitucional, que tiene previsto analizar su recurso de amparo a partir de octubre, y su decisión será esencial para el futuro levantamiento de la orden de detención del Supremo. Eso ocurrirá en otoño. El recurso de Puigemont pedía la suspensión de la orden de detención en su contra.
(SERVIMEDIA)
16 Jul 2026
SGR/gja


