Estatuto del Artista
Trabajo vuelve a sacar a audiencia pública el Estatuto del Artista, que limita el uso de la IA y la actividad infantil
- Espera que se pueda aprobar antes o del verano o, como mucho, justo después
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El Ministerio de Trabajo y Economía Social sacó este viernes a audiencia pública el texto del real decreto del Estatuto del Artista, ya que se ha reformulado por completo el apartado de las limitaciones al uso de la inteligencia artificial (IA) en las actividades culturales, por lo que está obligado a realizar de nuevo este trámite. La norma pone el foco también en el refuerzo del control de la actividad de los menores de edad en ámbitos como la grabación de vídeos en redes sociales.
El plazo para que la sociedad civil presente alegaciones concluirá el 2 de febrero y, según explicaron este viernes fuentes del Ministerio de Trabajo y Economía Social, se celebró este mismo jueves una reunión con representantes del sector cultural, con amplio consenso, incluido el ámbito sindical y patronal.
Las fuentes consultadas indicaron que se ha alcanzado un consenso para el uso de la IA, pero “garantizando el empleo, la claridad y unas condiciones laborales dignas”. En concreto, se podrá usar la IA generativa para crear contenido pero siempre de forma limitada a lo establecido en el contrato, para usarse en la obra en cuestión y no en otras obras futuras y siempre garantizando que no se realizan modificaciones sustanciales del contenido original.
Asimismo, señalaron que se va a asegurar que no se pueda sustituir a un actor con su voz en contenidos futuros. De recurrirse a la IA más allá de la obra establecida, se tendrá que pactar y compensar con el artista implicado. Igualmente, se creará una comisión de seguimiento para la utilización de la IA en el ámbito cultural.
Desde Trabajo también pusieron en valor que esta es una normativa pionera en el mundo, difícil de realizar, porque no existe en el mundo legislación comparada. Es más, desde el departamento dirigido por Yolanda Díaz manifestaron que ha generado interés internacional en lugares como California.
MENORES
Otro gran apartado del Estatuto del Artista es el dedicado a la protección de los menores de edad, por cuanto se regula de forma más estricta el trabajo infantil, prohibido en España, pero en el que existen excepciones en el campo de la cultura.
Entre las novedades, sobresale que se simplifica el sistema de autorizaciones para que los menores puedan participar en actividades como un rodaje y se equiparan los límites horarios en todas las comunidades, ya que ahora hay diferencias y las productoras pueden elegir territorio en función de la mayor o menor laxitud que existe.
También se tendrá que establecer, de forma obligatoria, una relación laboral si un menor está implicado, de modo que no se podrá recurrir a la figura del autónomo. Eso sí, las fuentes de Trabajo precisaron que no se están refiriendo a que un niño grave un vídeo puntualmente con el concurso de sus padres, sino que atañe a contextos en los que durante horas los menores protagonizan situaciones como anunciar productos o grabar contenidos.
Además, se prohíbe el trabajo antes de dos meses de vida, ya que ahora no existe restricción temporal y se han podido grabar incluso partos en directo. La limitación del tiempo de trabajo va creciendo de menos a más conforme aumenta la edad del menor. Se hace mención expresa también a respetar la necesidad de socialización y escolarización.
Todas estas cuestiones serán vigiladas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) y, desde el Ministerio, comentaron que no entraña más dificultades que el empleo doméstico, ya que es un trabajo muy visible, puesto que se puede comprobar con relativa facilidad que un menor aparece en redes sociales durante muchísimas horas, por cuanto es un contenido público.
ESCENAS ÍNTIMAS
En otro orden de cosas, la norma obligará a que todas las grabaciones que contengan escenas íntimas tengan que contar con un coordinador sobre esta materia que vele por que se respeta en todo momento lo acordado en el contrato y se asegure el consentimiento. Esto será especialmente reforzado en las obras en las que participen menores.
Los protocolos de igualdad, entre tanto, recortarán enormemente los tiempos para atender casos de denuncias cuando se producen presuntas situaciones de abuso, ya que si se permite que un implicado responda en seis meses, es fácil que incluso ya un rodaje haya finalizado y las personas se encuentren físicamente en otros lugares.
En materia laboral, el Estatuto del Artista incorpora también la obligatoriedad de que se desagregue por conceptos el detalle de las nóminas de los artistas y se incorporan a la jornada laboral, de forma expresa, las actividades previas como los ensayos o la promoción de una obra para no limitar la actividad solo a la actuación final.
Finalmente, sobre los plazos, Trabajo no ofreció concreción porque al estar obligados a sacar de nuevo a audiencia pública el real decreto, se tienen que recoger de nuevo dictámenes como el del Consejo de Estado. En todo caso, la idea del Ministerio es que el texto se tramite por la vía de urgencia y que pueda ver la luz antes o después del verano. No requiere de tramitación parlamentaria al ser real decreto y no tener rango de ley.
(SERVIMEDIA)
23 Ene 2026
DMM/gja


