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Transportistas valoran la flexibilización de los límites de conducción ante los bloqueos y protestas en Francia
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La asociación de transportistas Fenadismer valoró este sábado que el Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible haya atendido su demanda y la de otras organizaciones y haya decidido flexibilizar la regulación de los límites de tiempos de conducción y descanso a los transportistas españoles afectados por los bloqueos de los ganaderos y agricultores franceses.
Del total de la flota de transporte española, aproximadamente un 30% se ha visto afectada por los bloqueos de los agricultores y ganaderos franceses, aproximadamente unos 100.000 camiones, que obligatoriamente tiene que transitar por territorio francés para llegar a cualquiera de los destinos europeos.
No es la primera vez que el Ministerio de Transportes se ve obligado a aprobar una norma similar en circunstancias excepcionales, como así ocurrió en abril de 2020 tras decretarse eele estado de alarma por la pandemia de covid-19, a fin de garantizar el abastecimiento de todo tipo de mercancías a la población española, o posteriormente en Diciembre de ese año como consecuencia de los bloqueos sufridos por los transportistas españoles en la frontera con el Reino Unido por la salida de este país de la Unión Europea.
En respuesta a dicha solicitud, el Ministerio de Transportes ha aprobado una Resolución este pasado viernes 19 de diciembre para su inmediata publicación en el BOE, que flexibiliza las horas de conducción de los transportistas de mercancías que se hayan visto afectados por los cortes y retenciones en Francia. Estas exenciones son de aplicación a la actividad de los transportistas de mercancías tanto autónomos como asalariados realizadas desde el pasado viernes 12 de Diciembre hasta el próximo 26 de Diciembre, ambos incluidos.
Así, se amplía el límite de conducción máximo diario de nueve a 11 horas, el semanal de 56 a 60 horas y el bisemanal de 90 a 120 horas, se reducen los requisitos del descanso diario de 11 horas a sólo nueve horas y, como novedad no incluida en anteriores flexibilizaciones, se posibilita desarrollar la actividad laboral hasta 12 días consecutivos de conducción antes de realizar el descanso semanal, siempre que previamente a dichos 12 días hubiera tomado un descanso semanal regular (esto es, de más de 45 horas) no siendo posible por tanto aplicar esta flexibilización si el descanso semanal previo hubiera sido reducido (de menos de 45 horas).
En este sentido, Fenadismer recordó que en el caso acogerse a esta extensión de la actividad durante 12 días, el transportista deberá posteriormente disfrutar de dos períodos de descanso semanal regular, o bien de un período de descanso semanal regular y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas, pero en este caso la reducción deberá compensarla con un período equivalente de descanso ininterrumpido antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana del período de excepción.
Asimismo, Fenadismer trasladó a los transportistas que esta relajación temporal de las reglas de los tiempos de conducción y descanso sólo es de aplicación exclusivamente a los transportistas que justifiquen la realización de operaciones de transporte internacional de mercancías por territorio galo, ya sea con destino a Francia o bien en tránsito por dicho país.
(SERVIMEDIA)
20 Dic 2025
DMM/clc


