EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL AMPARA A UN PRESO ETARRA AL QUE FUE PROHIBIDA UNA COMUNICACION FAMILIAR EN EUSKERA

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal Constitucional ha decidido conceder el amparo al preso de la banda terrorista ETA José Antonio López Ruiz, a quien el director del centro penitenciario de Teruel, donde cumple condena, le prohibió una comunicación telefónica con sus familiares al emplear el euskera como idioma.

Los hechos tuvieron lugar en 1994, cuando el responsable de la cárcel turolense revocó la autorización para que el interno etarra estableciera la comunicación semanal que reconoce como derecho el reglamento penitenciario, alegando razones de seguridad.

De acuerdo con el fallo del Alto Tribunal hecho público hoy, las limitaciones establecidas por la Ley Orgánica General Penitenciaria "no son aplicables a las comunicaciones telefónicas de un interno con su familia, en la lengua propia, nacional o extrnjera".

El tribunal fundamenta su fallo en la propia ley penitenciaria, que establece que "los internos están autorizados para comunicarse periódicamente, de forma oral y escrita, en su propia lengua, con sus familiares, amigos y representantes acreditados de organismos e instituciones de cooperación penitenciaria, salvo en los casos de incomunicación judicial", no siendo éste el caso.

Agrega que "el encontrarse el recluso clasificado en primer grado de tratamiento no comporta, 'per se', una pelirosidad indiscutible para los principios de seguridad y buen orden".

(SERVIMEDIA)
28 Nov 1997
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