EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CANARIAS ORDENA LA DEVOLUCION DEL IVA COBRADO EN MADRID A UNA EMPRESA CANARIA EN LUGAR DEL IGIC

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
SERVIMEDIA

El Tribunal Superior de Justicia de Canaria (TSJC) ha ordenado la devolución del IVA que le fue cobrado en Madrid a la empresa Compañía Canariense de Tabacos SA, ubicada en Canarias, por entender que al estar ésta inscrita en Canarias no está sujeta a dicho impuesto, sino a los que rigen en la comunidad autónoma.

Los hechos se remontan a un viejo contencioso entre la Compañía Canariense de Tabacos S.A. y el Estado, ya que una resolución anterior del Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias estimó el pasado 15 de junio que dicha cmpañía debía pagar los más de cinco millones y medio de pesetas que adeudaba en concepto de IVA por unos gastos de publicidad efectuados en su sede de Madrid.

Según la sentencia del TSJC, que recoge en su edición de hoy el periódico La Provincia, "los empresarios o profesionales que estando domiciliados en las Islas Canarias, y que estén también establecidos en el territorio peninsular español o Baleares sin realizar operaciones sujetas al IVA, y en tanto no se modifique la presente resolución, podránejercer el derecho a la devolución de las cuotas de dicho impuesto que ya han soportado en mencionados territorios".

El fallo establece además que las empresas o profesionales que estén inscritos en las islas, se encuentran sujetos al pago del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y no a su homólogo del IVA de la España peninsular.

(SERVIMEDIA)
08 Nov 1994
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