Justicia

Los tribunales castigan con hasta cuatro años más de prisión los homicidios de mujeres

- Según un estudio de la Universitat Oberta de Catalunya

MADRID
SERVIMEDIA

Las penas impuestas por los tribunales españoles en los homicidios son, de media, cuatro años más largas cuando la víctima es una mujer, según concluye una investigación de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC) basada en el análisis de más de 3.000 sentencias judiciales dictadas entre 2018 y 2024 por las audiencias provinciales españolas.

Los resultados del estudio, publicados en la Revista Española de Investigación Criminológica, muestran que, en los homicidios cometidos por hombres, la pena de prisión es más de un 50% superior si la víctima es mujer que si es hombre.

Sobre esto, el equipo investigador señaló que desmiente la idea de que el sistema judicial es “indiferente” al género de la víctima y, a la vez, confirma que el sistema judicial actúa con “firmeza” frente a la violencia contra las mujeres.

Estas conclusiones se extraen una vez controladas todas las variables legales relevantes, tales como el tipo de delito, el grado de ejecución o la concurrencia de agravantes y atenuantes. El estudio examina casos de homicidio y asesinato, tanto consumados como en grado de tentativa, y permite identificar patrones generales en la respuesta penal.

La investigación fue coordinada por el catedrático de Derecho y Ciencia Política y coordinador del grupo ‘Vicrim’, Josep Maria Tamarit, junto a las investigadoras Laura Arantegui y Alba Marsol. El objetivo principal del trabajo era aportar evidencia empírica sobre cómo responde el sistema judicial a los homicidios de mujeres, en un contexto de debate internacional sobre la posible tipificación del feminicidio como figura penal específica.

El estudio también analiza el impacto de la agravante por razones de género, incorporada al Código Penal en 2015. Los datos indican que esta circunstancia se aplica de forma creciente y que su uso conlleva un aumento notable de la duración de las penas.

Sin embargo, otro de los hallazgos más relevantes es que la tendencia a imponer condenas más severas se mantiene incluso cuando no se aplica formalmente la agravante, lo que sugiere que la respuesta penal más dura ante la violencia contra las mujeres forma parte de la práctica habitual de la judicatura, más allá de los mecanismos legales específicos.

Un patrón similar se observa en los casos de homicidios cometidos en el marco de una relación de pareja o expareja, los denominados feminicidios íntimos (violencia machista). Cuando la víctima es o fue pareja del agresor, la pena media aumenta claramente. La aplicación de la circunstancia de parentesco comporta penas más graves, pero, otra vez, la diferencia no desaparece cuando esta circunstancia no se aplica.

Desde la UOC explicaron que este resultado refuerza la idea de que los tribunales consideran especialmente graves los homicidios que tienen lugar en un contexto de relación afectiva, y todavía más cuando se trata de un hombre que mata a una mujer.

Los investigadores también consideran que estos resultados aportan elementos fundamentales que pueden tener una implicación directa en el debate sobre la necesidad de una reforma legal para sancionar específicamente los crímenes contra las mujeres.

Así, las investigaciones de este grupo ‘Vicrim’ no se detienen y aprovecharán la base de datos de sentencias recogidas durante siete años para investigar otros casos como, por ejemplo, los filicidios o los homicidios cometidos en contextos de trastornos mentales.

(SERVIMEDIA)
19 Abr 2026
AGG/pai