TV. EL SUPREMO CONSIDERA AJUSTADAS A DERECHO LAS CONCESIONES DE LAS TV PRIVADAS

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Quinta del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso administrativo presentado por Univisión Canal 1 contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de agosto de 1989, por el que se otorgaron las concesiones de televisión privadas a Gestevisión-Tele 5, Antea 3 TV y Canal+.

En su sentencia de fecha 18 de septiembre de 1997, el Supremo considera ajustado a derecho el concurso para la concesión de las televisiones privadas y su posterior adjudicación.

El Alto Tribunal desestima todas las alegaciones de Univisión Canal 1, empresa que estaba presidida por Antonio Asensio cuando se presentó el recurso ahora desestimado por el Supremo.

En lo que se refiere a la adjudicación de Canal+, el Supremo rechaza la argumentación de Univisión sobre la ilegalidd de la adjudicación a una televisión de pago, alegado que "la tarifa o canon que el usuario debe pagar no constituye un elemento imprescindible de la relación concesional, sino un medio alternativo de financiación de la concesión, compatible con otros medios".

La sentencia añade que el canon "no se impone al usuario, el cual puede aceptar o no libremente el sistema de televisión de pago por canon, eligiendo entre los diversos concesionarios el servicio público de televisión".

SATISFACCION DE TELE 5 Respecto a Tele 5, el Tribunal Supremo considera probado en su sentencia, "sin que quepa la menor duda", que las imputaciones realizadas por Univisión Canal 1 carecían del menor fundamento, ya que no ha existido nunca ninguna vulneración de la Ley de TV Privada ni por parte de Tele 5 ni de sus accionistas.

Tele 5 manifestó hoy su plena satisfacción por la sentencia dictada por el Tribunal Supremo y espera que definitivamente cualesquiera otras actuaciones judiciales, administrativas o privadas deivadas de las mismas imputaciones cesen de inmediato.

Esta sentencia viene a sumarse a la de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de fecha 18 de marzo de 1997, en la que también se desestimó el recurso planteado por el abogado Javiel Maldonado y se resolvió que la concesión "se ajustó a derecho".

(SERVIMEDIA)
03 Oct 1997
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