LA UE PIDE LA AMPLIACION DE LA DIRECTIVA SOBR IGUALDAD DE TRATO A TODOS LOS ASPECTOS LA VIDA PROFESIONAL DE LAS MUJERES

BRUSELAS
SERVIMEDIA

El Parlamento Europeo ha aprobado una propuesta de modificación de la directiva sobre igualdad de trato entre hombres y mujeres, en la que pide una ampliación del campo de aplicación de esta norma, "que englobe no sólo la igualdad de trato, sino la igualdad en todos los aspectos ligados a la vida profesional de las mujeres".

En este sentido, el pleno del Parlamento señala que la aplicacióndel principio de igualdad de mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo en los sectores público y privado en relación con las condiciones de acceso al empleo, el acceso a la orientación profesional y formación, las condiciones laborales (incluidos los despidos y los salarios) y la pertenencia y la participación de trabajadores o patronos en una organización formada por profesionales de un ramo determinado.

Asimismo, el pleno solicita que se restrinja el número de actvidades profesionales en las que se exige a personas de un determinado sexo. También pide que antes de finales de 2003 se adopte una nueva directiva que cubra otros aspectos distintos al empleo.

Por otra parte, en la propuesta se define el acoso sexual en el lugar de trabajo, por primera vez, como una discriminación sexual. En esta cuestión, una enmienda insiste en la necesidad de adoptar medidas preventivas, como la creación de un sistema de consejeros confidenciales en las empresas.

Además, añae, el acoso debe estar prohibido independientemente de las circunstancias de la víctima, la cual puede frecuentemente tolerar esos comportamientos para conservar su empleo, o bien dimitir para huir de ellos.

A juicio de la Eurocámara, todo trato desfavorable ligado al embarazo, a la maternidad o a la articulación de la vida profesional y familiar es una discriminación directa.

Por último, el pleno subraya la necesidad de tomar medidas, más que para prohibir las discriminaciones, para evitarlas. Cn este propósito, propugna acciones positivas para garantizar una total igualdad de mujeres y hombres en la actividad profesional, mediante el establecimiento de ventajas específicas que tengan por objeto facilitar el ejercicio de una profesión al sexo infrarrepresentado o contrarrestar o compensar las posibles desventajas. Estas medidas, señala, tendrían carácter temporal y se suspenderían cuando se haya alcanzado la total igualdad.

(SERVIMEDIA)
31 Mayo 2001
SBA