Prestaciones
UGT y CCOO exigen al Gobierno garantizar el derecho de las familias a la prestación por cuidado de hijos con enfermedades graves
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
UGT y CCOO han trasladado al secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones quejas de varias plataformas de afectados que denuncian a algunas Mutuas que limitan el derecho de las familias abrumándolas con “exceso de burocracia” que la ley no requiere, lo que dificulta su derecho a percibir la prestación por cuidado de hijo a cargo con enfermedades graves como el cáncer infantil, conocida como CUME.
La CUME es una prestación por cuidado de hijo o menor afectado por cáncer u otras enfermedades graves que se creó en 2011 dando respuesta en aquel momento a una reivindicación sindical. En la actualidad se protegen con ella a un total de 17.202 familias en las que uno de los progenitores se ve obligado a reducir su jornada de trabajo para cuidar de un hijo o menor que precisa de cuidado y atención permanente.
Las patologías que actualmente prevé la norma para ser protegidas por esta prestación son 113 y todas ellas de una gravedad extrema (cáncer, leucemia, tumores, sarcomas, aplasias medulares, desórdenes neurológicos y psiquiátricos, lesiones medulares y epilepsia, entre otras).
Son varias las plataformas de personas afectadas que se han puesto en contacto con UGT y CCOO para plantear los problemas que encuentran a la hora de poder ejercer su derecho a la prestación debido a que algunas mutuas, que son las entidades encargadas de la gestión, están exigiendo un volumen de documentación que supera en mucho lo que exige la norma para acreditar la situación y reconocer las prestaciones.
En concreto, algunas mutuas están solicitando que cada dos meses las familias acrediten con informes médicos nuevos la situación que sufre el menor, y ello aún a pesar de que se trata de enfermedades en ocasiones muy graves que no pueden evolucionar de manera significativa en periodos muy largos de tiempo, e incluso de situaciones “tristemente irreversibles”. “No es por casualidad que la duración media de esta prestación supere los 590 días”, arguyeron los sindicatos.
En otras ocasiones las quejas se derivan de la exigencia de documentación adicional que la norma no prevé como certificados de escolaridad e informes médicos adicionales, entre otros.
Por todo ello, UGT y CCOO recordaron que la CUME es un derecho creado a iniciativa de las organizaciones sindicales en 2011 y ampliado en la reforma de pensiones de 2023 acordada en el diálogo social, extendiendo su duración hasta que el hijo o menor alcance la edad de 23 años con carácter general y hasta los 26 años cuando, además, se acredite una discapacidad del 65% o superior.
Así, pidieron formalmente al Secretario de Estado de la Seguridad Social en el último Consejo General del INSS que emita las instrucciones necesarias para corregir la actuación que algunas mutuas están teniendo en relación con la CUME. En este sentido, exigieron también la emisión de un criterio de gestión que sea de obligado cumplimiento en todas las Mutuas por el que el requerimiento de documentación se ajuste exclusivamente a lo que prevé la Ley y, en cualquier caso, la periodicidad con la que se solicitan los informes médicos se objetive en base a la gravedad de la situación sanitaria que presente cada hijo o menor causante de la prestación.
Por último, ambos sindicatos llamaron la atención sobre la necesidad de que el Ministerio de Seguridad Socialrevise el listado de enfermedades consideradas graves, cubiertas por la CUME y lo amplíe de manera que su acción protectora alcance a la totalidad de situaciones que actualmente se encuentran en una situación similar.
(SERVIMEDIA)
08 Oct 2025
DMM/clc


