VISTO PARA SENTENCIA EL JUICIO CONTRA ONCE ERTZAINAS POR LA MUERTE DE JUAN CALVO, SIN QUE SE MODIFIQUEN LAS PETICIONES
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El juicio llevado en la Audiencia provincial de Vitoria ontra once ertzainas inculpados por la muerte de Juan Calvo en las dependencias de la Ertzaintza en Arkaute (Alava) cuando se encontraba detenido por el robo de un taxi en agosto de 1.993, quedó hoy visto para sentencia.
Cada una de las partes elevó a definitivas sus conclusiones en las que se solicitaron hasta seis años de prisión y 20 millones de indemnización a ocho de ellos por delitos de imprudencia temeraria y al resto al pago de una multa por un delito de lesiones.
En la jornada de hoy, tato el fiscal como las acusaciones particulares y popular coincidieron en apuntar al spray con polvo CS (utilizado como spray de defensa por la Ertzaintza) como el causante de la muerte de Juan Calvo aunque, pese a ello, difirieron en la calificación final y en la petición de penas entre unos y otros.
El Ministerio fiscal solicitó 15 días de arresto menor para los ocho ertzainas y el pago de una multa de 8 millones de pesetas a la familia del fallecido y a su compañera sentimental por una falta de imprdencia simple al existir, a su juicio, la duda sobre la peligrosidad del spray y el no poder determinar si una actuación diferente por parte de los agentes que mantuvieron a Calvo en los calabozos después de su utilización, hubiera evitado el resultado.
Pese a ello, el fiscal advirtió que no saber qué efectos tenían los aerosoles de gas utilizados por los ertzainas para reducir a Juan Calvo no les exime de su deber de haberlos conocido.
La fiscalía, por su parte, rechazó el posible delito de lesines por estimar que los ocho agentes acusados hicieron un uso de la fuerza proporcional a la violencia que desarrolló el detenido.
La acusación particular de la familia, representada por el abogado Txema Montero, acusó a los ocho agentes de un delito de imprudencia temeraria por lo que solicitó 5 años de prisión menor e inhabilitación para cada uno de ellos y una indemnización de 16 millones de pesetas, así como el pago individual de medio millón a siete de los agentes por un delito de lesiones.
ontero afirmó que la sucesión de los hechos demuestra que la Policía Vasca tenía datos para conocer la existencia de peculiaridades y trastornos psíquicos de Calvo y mantuvo que se infringió la normativa en cuanto a la distancia y lugar del uso de los sprays.
El abogado de la familia del fallecido insistió que con este juicio no quiere hacer causa contra la Ertzaintza ya que no ha utilizado diversos argumentos como el haber demostrado cuantos sprays se utilizaron en la reducción de Calvo ya que había n fuerte olor a gas en la celda donde se encontraba arrestado.
Montero coincidió con la acusación popular llevada a cabo por la Asociación Contra la Tortura, sobre la forma en la que se había llevado a cabo el sumario.
La Acusación Popular reclamó seis años de prisión e inhabilitación y una indemnización de seis millones, así como una multa por lesiones a siete de los ocho inculpados. El letrado de la Asociación afirmó que el sumario parecía destinado a hacer más creíble una versión que a buscar a verdad de lo sucedido y manifestó que en este caso aún existen muchas incógnitas.
La acusación particular que representa a la compañera de Juan Calvo demandó cinco años de prisión menor e inhabilitación para los ocho agentes y una indemnización de ocho millones de pesetas, mientras que las defensas de los policías como del Gobierno vasco solicitaron la libre absolución de los procesados.
(SERVIMEDIA)
11 Feb 1995
C