Ley del 'sólo sí es sí'

Vox insiste en volver al Código Penal anterior y endurecer las penas a los delincuentes sexuales

MADRID
SERVIMEDIA

Vox registró este jueves en el Congreso de los Diputados una proposición de ley para volver al Código Penal anterior a la Ley del ‘solo sí es sí’, que ha hecho que “más de 1000 delincuentes sexuales se hayan beneficiado de la reducción de penas y cientos de ellos se encuentren en libertad”, y para endurecer las penas a los agresores sexuales.

La recuperación de este Código Penal, expone Vox en el escrito, supondrá que se vuelva a distinguir entre abuso y agresión sexual, terminando así con la ley del ‘solo sí es sí’, algo que frenará “en seco” las rebajas de penas que ha provocado la aprobación de este ley por parte del Ejecutivo de coalición en funciones.

Además, este partido apuesta por introducir una serie de modificaciones con el fin de endurecer las penas ante los delitos de índole sexual. Según Vox, el endurecimiento de las penas de determinados delitos sexuales tiene como fundamento el aumento de las conocidas como “violaciones en manada” y los cometidos contra menores o personas con discapacidad.

Así, la iniciativa sostiene que el aumento de las violaciones grupales tiene que ver con “un fenómeno de importación de delitos de otras culturas cuyo sistema axiológico es distinto al occidental en aspectos tan fundamentales como la consideración de la dignidad ontológica de toda persona”.

Para poner freno a las mismas, el partido de Santiago Abascal propone que se califiquen como delito de violación conjunta, haciendo de esto un tipo penal independiente y específico que lleve aparejado la pena de prisión permanente revisable.

En lo que se refiere a los delitos sexuales cometidos contra menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, contempla aumentar las penas privativas de libertad y eliminar la opción de satisfacer la responsabilidad criminal con el solo pago de una multa.

Entre otros aspectos, esta iniciativa planteada por Vox también contempla penas de entre dos y tres años para aquellos que haciendo uso del engaño o el abuso de una posición de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, realicen actos de carácter sexual con una persona de 16 años y menor de 18 años.

“El que, a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de 16 años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor, será castigado con una pena de prisión de uno a dos años”, señala la iniciativa.

(SERVIMEDIA)
05 Oct 2023
BMG/pai