Discapacidad
La Fundación Mutua de Propietarios abre la convocatoria de ayudas para la eliminación de barreras en edificios
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La Fundación Mutua de Propietarios, en el marco de su programa ‘Sin Barreras’, ha abierto la convocatoria de ayudas para las obras de instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas que mejoren el acceso a la vivienda y su entorno de las personas con movilidad reducida.
Los beneficiarios de las ayudas podrán ser los propietarios de los edificios plurifamiliares habitados en los que residan como mínimo una persona con movilidad reducida, siendo los responsables de solicitar dichas subvenciones las comunidades de propietarios de edificios en régimen de Propiedad Horizontal y las personas físicas o jurídicas propietarias de edificios en régimen de Propiedad Vertical.
Con el programa ‘Sin Barreras’, esta fundación desea poner al alcance de las comunidades vecinales los recursos financieros y técnicos para mejorar la accesibilidad a las áreas comunes de un edificio, incluyendo proyectos como la instalación de un ascensor, la supresión de desniveles, adecuación o ensanchamiento de puertas, construcción de pasadizos o ampliación de paradas, construcción de rampas o, excepcionalmente, la instalación de aparatos elevadores.
En esta primera fase del programa ‘Sin Barreras’ podrán optar a estas ayudas las comunidades de vecinos situadas en la ciudad de Madrid y la ciudad de Barcelona y su área metropolitana. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 15 de diciembre del 2018.
La cuantía de las ayudas para la instalación de ascensores y supresión de barreras arquitectónicas ascenderá al 50% del valor presupuestado de las obras, con un máximo de 30.000 euros y, en caso de disponer de otras ayudas para las mismas actuaciones, se establecerá un máximo de 15.000€.
En España, según el estudio ‘La accesibilidad en las vivienda de España’ que realizó esta fundación, solo un 0,6% de los edificios de viviendas cumplen los criterios de accesibilidad universal para personas con movilidad reducida o discapacidad, a pesar de que en diciembre de 2017 finalizó el plazo para que las comunidades de propietarios cumpliesen con los requisitos de accesibilidad universal incluidos en la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social.
(SERVIMEDIA)
11 Abr 2018
CJC/gja