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La Audiencia Nacional obliga a CNMV a que FCC suba la opa de exclusión sobre Cementos Portland
- Tras la denuncia de un accionista minoritario
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La Audiencia Nacional ha obligado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a que autorice de nuevo la opa de exclusión de FCC sobre Cementos Portland a un precio superior al que fue autorizada, con lo que fuerza a la constructora a subir el precio.
Así consta en la sentencia de la Audiencia Nacional a la que ha tenido acceso Servimedia y en la que este órgano estima el recurso contencioso-administrativo de un accionista minoritario, que considera que la autorización de la CNMV de la opa de exclusión de FCC sobre Cementos Portland a seis euros por acción no se ajusta al ordenamiento jurídico.
El litigio se remonta al año 2015 cuando la toma de control de FCC por parte de la empresa Carso, ligada al magnate mexicano Carlos Slim, obligó a lanzar una oferta de compra sobre las acciones que el grupo no controlaba en Cementos Portland al producirse un cambio indirecto en el accionista mayoritario.
Entrado ya junio de 2016, la constructora lanzó una oferta de exclusión a seis euros por título de Cementos Portland, autorizada por la CNNV y que este inversor minoritario llevó a los tribunales al considerar que ni fijaba un "precio equitativo" ni era la fórmula adecuada para formular la propuesta de compra y se daba además un conflicto de interés con el banco que asistió a FCC en su formulación.
En concreto, los letrados del inversor, que se ha asistido en el bufete Cremades, consideran que FCC debió formular una oferta de adquisición de acciones y no una opa de exclusión y tomar de referencia las cotizaciones medidas ponderadas de Cementos Portland en un plazo de entre seis y 12 meses superior.
Conforme a dicho sistema el precio ofertado debería haber ascendido a 10,29 euros por acción, conforme al valor teórico contable adjuntado por su defensa de acuerdo a un informe pericial encargado a la consultora Akerton.
En su defecto, la oferta se efectuó a seis euros por acción, calculado por el Banco Santander con el sistema de "descuento de flujo de caja".
Además de repudiar el precio, la defensa del inversor subraya que el Santander no podía ocuparse de su cálculo y debió "abstenerse y rehusar el encargo" de FCC para efectuar el informe de valoración, ya que era su agente global de financiación, avalista de la opa sobre FCC de Carso y asumió además la función de intermediario y liquidador en la misma.
La Audiencia Nacional señala que “no se justifica” por qué no se exigió por parte de la CNMV la utilización de otro método de valoración, utilizado en otras ocasiones y “siempre considerado adecuado por la CNMV”, y reconoce que “negar ese conflicto de interés” entre FCC y Santander que alega el denunciante es “negar la evidencia”.
Por todo ello, falla a favor del accionista minoritario estimando su recurso y anula la actuación administrativa del supervisor de autorizar la opa a seis euros, obligando a la CNMV a volver a autorizar la opa a un precio superior, lo que supone que FCC tiene que aumentar el valor. Esta sentencia no es firme y cabe recurso de casación en el plazo de 30 días desde que se notifica esta sentencia.
(SERVIMEDIA)
15 Abr 2019
MMR/ECR/gja