Juicio Procés

Peritos de Hacienda ratifican “compromiso de gasto” de la Generalitat para pagar el 1-O

MADRID
SERVIMEDIA

Cuatro peritos que formaron parte del equipo técnico que asesoró al Ministerio de Hacienda durante la intervención de las cuentas de la Generalitat de Cataluña aseguraron este miércoles durante su declaración en el juicio del ‘procés’ que existió “compromiso de gasto” por parte de la Generalitat de Cataluña para pagar el referéndum del 1-O.

Una de las peritos fue Carmen Tejera, abogada del Estado en el Ministerio de Hacienda, responsable del equipo técnico que se constituyó en enero de 2018 tras el requerimiento del juzgado de Instrucción 13 de Barcelona para que remitiesen toda la información sobre el coste total del referéndum del 1-O.

Junto a ella declararon otras tres peritos: Sara Izquierdo, abogada del Estado jefe en la secretaria de Estado de Hacienda; Teresa Cecilia Hernández, del cuerpo de administradores civiles del Estado y Mercedes Vega, interventora del Estado en la intervención general del Estado .

Sobre la contabilidad presupuestaria de la Generalitat, las cuatro explicaron, a preguntas de la Fiscalía, que existió “compromiso de gasto” por parte del Govern, a pesar de que no se siguieran todas las fases del procedimiento de contratación administrativo. “La realidad está ahí aunque no exista procedimiento. Siempre que haya un encargo, ejecutado por el contratista de buena fe, se hace un cargo”. De esta manera, preguntadas por el momento en que se produce el perjuicio para el patrimonio público, ratificaron que “desde el momento en que se presta el servicio por parte del empresario”.

En este sentido, apuntaron que la existencia de facturas negativas “no implica que no se haya prestado el servicio”, sino que el empresario, tras haber pagado el IVA y no haber cobrado el servicio, tiene la posibilidad de emitir este tipo de factura. Asimismo, añadieron que pese a que exista una renuncia efectiva al pago de los servicios esto tiene una repercusión en el presupuesto público porque “el gasto se entiende realizado, el patrimonio ya se ha disminuido”. Aunque, con posterioridad se renuncie. “En un supuesto de renuncia se producirá un ingreso, pero en ningún caso eliminará el gasto que ya se produjo”.

Además, las peritos explicaron que Diplocat se financia en un 85% con fondos de la Generalitat. “El hecho de que la financie mayoritariamente no es una casualidad, sino que en sus propios estatutos está previsto que la Generalitat debe hacerlo”, de hecho “los fondos de Diplocat se integran en los Presupuestos de la Generalitat. Desde cualquier punto de vista, Diplocat forma parte de la hacienda pública catalana”.

Teresa Hernández, una de las cuatro peritos que declararon sobre el uso de fondos públicos por la Generalitat, explicó a preguntas de la fiscal Consuelo Madrigal cómo se realizó la campaña para dar a conocer en el extranjero la celebración del referéndum del 1-O. Indicó que la imagen de la campaña era “el dibujo de una urna con una papeleta que entraba y ponía 'referéndum catalán' en la lengua de cada país” donde se publicitó.

La campaña constaba de tres expedientes distintos relativos al diseño del anuncio, las inserciones en prensa escrita y en redes sociales. Los distintos representantes de la Generalitat han venido defendiendo que esta campaña era para que los catalanes que viven en el extranjero se pudieran beneficiar de ciertos servicios. Este proyecto "no se llegó a pagar", pero las facturas se emitieron contra el Departamento de Presidencia.

En relación con la campaña ‘Civisme’, la perito indicó que se pidieron 3,4 millones de euros. El Gobierno catalán sostiene que esos fondos no se desviaron a la celebración del referéndum y que iban dedicados a promover valores cívicos. La campaña no se llegó a ejecutar, pero lo cierto es que se encargó desde el departamento de Presidencia por el procedimiento de urgencia.Tras esta intervención de las peritos, el tribunal anunció un receso hasta las 16 horas. En ese momento continuará preguntando la fiscal Consuelo Madrigal.

LA SALA RECHAZA LA IMPUGNACIÓN DE LA PERICIAL

Antes del inicio esta prueba, el presidente de la sala, Manuel Marchena, explicó que se iba a llevar a cabo la prueba pericial, propuesta por el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, relacionada con el delito de malversación, en unidad de acto, de manera que las cuatro peritos de Hacienda iban a declarar de manera conjunta. “Prueba del principio de contradicción en su máxima expresión”, apuntó.

Esta decisión de la sala, fue impugnada por las defensas de Carles Mundó, Dolors Bassa, Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn y Meritxell Borrás. Según Josep Riba, letrado de Mundó, el modo elegido para efectuar la práctica de la prueba “genera indefensión a las defensas, en cuanto no existe un informe escrito, aunque se someta a contradicción ahora mismo, no está sujeto a las garantías constitucionales, ya que no conocemos en esencia el contenido de lo que va a ser esta prueba pericial”.

En esta línea, Mariano Bergés, abogado de Bassa, apuntó que la contradicción, tal y como la plantea el tribunal, es una contradicción formal, pero no efectiva, “porque los argumentos y las conclusiones de los peritos serían en este acto y las defensas no podríamos contra argumentar y defender nuestra tesis, tampoco podemos rebatir con otra prueba pericial porque no conocíamos el contenido”. En este mismo sentido se pronunciaron Andreu Van den Eynde y Judit Gené.

Por su parte, las acusaciones se opusieron a la impugnación realizada por las defensas, aludiendo a la extemporaneidad de la impugnación. Como apuntó, la fiscal Consuelo Madrigal, las defensas tuvieron la oportunidad de hacerlo “en el momento oportuno” y no lo hicieron. Por este motivo, agregó, Rosa María Seoane, “carece de fundamento”.

Tras estas intervenciones Marchena concedió diez minutos de receso para que el tribunal decidiese al respecto. Finalmente, la sala acordó por unanimidad rechazar la alegación de indefensión, ya que, como expuso, “no puede haber una sorpresa, porque la pericia ha sido limitada con claridad en el auto que declara la pertinencia de la prueba y en la propuesta probatoria de las acusaciones”.

Asimismo, indicó, en línea, con lo manifestado por las acusaciones, que la impugnación alegada no era oportuna en este momento procesal, ya que “esta prueba esta propuesta desde la fase intermedia”. Así, concluyó, Marchena “si se detectará alguna indefensión existen mecanismos procesales para solucionar o aliviar esta indefensión”.

(SERVIMEDIA)
22 Mayo 2019
ICG/SGR/gja