El CGPJ avala que los delitos sexuales contra menores empiecen a prescribir cuando la víctima cumpla 30 años

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó este jueves por unanimidad un informe favorable al anteproyecto de ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que, entre otras cosas, incluye que el cómputo de la prescripción de delitos sexuales cometidos contra menores empiece a contar cuando la víctima cumpla 30 años.

Según informó el CGPJ, la finalidad de esta ley que se ha analizado es introducir en el ordenamiento jurídico los compromisos asumidos por España en la lucha contra la ciberdelincuencia (Convenio de Budapest, 2001), la trata de seres humanos (Convenio de Varsovia, 2005), la explotación y el abuso sexual (Convenio de Lanzarote, 2007) y la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Estambul, 2011).

Este texto normativo, que el Consejo de Ministros aprobó hace unos meses, pretende ser, señala su Exposición de Motivos, “una clara apuesta por colocar a los niños y adolescentes en el centro de las políticas de los poderes públicos”.

Entre otras cuestiones, el CGPJ ha dado su apoyo a que la exploración del menor víctima de delito se lleve a juicio como prueba preconstituida para evitar que su repetición durante el proceso le cause victimización secundaria.

DERECHOS DE LOS CONDENADOS

Además, el órgano de gobierno de los jueces también respalda la creación de una jurisdicción especializada de Infancia, Familia y Discapacidad, si bien advierte de que requeriría una reorganización de la actual planta judicial.

Del mismo modo, el informe del CGPJ, del que ha sido ponente el vocal Juan Manuel Fernández, emite un juicio favorable a la nueva redacción dada al artículo referido a la limitación de derechos profesionales de los condenados, pues amplía el catálogo de actividades, retribuidas o no, sobre las que los jueces pueden imponer la pena de inhabilitación especial.

El dictamen advierte que las actividades vedadas a los condenados por delitos sexuales contra menores y adolescentes deberán presentar “una estricta conexión con el delito cometido” y recuerda la necesidad de que la restricción de los derechos profesionales venga acompañada de una “adecuada motivación” en la resolución judicial.

El informe también considera positivo que el anteproyecto deje a criterio del juez la posibilidad de restringir la inhabilitación a “determinadas funciones o aspectos de una determinada actividad”, pues de ese modo se permite a los condenados realizar tareas que no estén directamente relacionadas con el delito cometido.

(SERVIMEDIA)
30 Mayo 2019
NBC/pai