Sentencia del 'Procés'

El Supremo acredita que Rull impidió el amarre en Palamós del barco que iba a alojar a las fuerzas policiales

- También considera probada la cesión de locales desde su departamento para el referéndum ilegal

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala Segunda del Tribunal Supremo considera probado que el exconsejero de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña Josep Rull impidió el amarre en el puerto de Palamós del buque, conocido como 'Piolín', que iba a alojar a los integrantes de las fuerzas policiales desplazadas a Cataluña en otoño de 2017 para asegurar el cumplimiento de la legalidad.

Según la sentencia, que condena al exconseller 10 años y 6 meses de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo, Rull era "plenamente consciente" de la inobservancia de la legalidad y de los mandatos del Tribunal Constitucional.

A pesar de ello, "junto a otros, participó activamente poniendo las bases que propiciaron las condiciones de la movilización ciudadana" e "impidió así el normal funcionamiento del Estado que actúa en defensa de la legalidad, participó en la convocatoria de un referéndum ilegal y participó también en su realización".

Además, agrega, su actividad no se limita a una idea, o a su expresión, sino a la ejecución de actos que supusieron la creación de unas condiciones que sitúan al proceso en la ilegalidad, poniendo las condiciones que estimó precisas para impedir el funcionamiento de los servicios públicos y la actuación de Estado de acuerdo a la legalidad".

Para el Alto Tribunal resultan de especial valor probatorio dos hechos: uno es su intervención para impedir el amarre de un barco en el puerto de Palamós, dependiente de la administración autonómica, que iba a servir de alojamiento temporal a los integrantes del despliegue policial y el otro la puesta a disposición del referéndum ilegal de locales gerenciados por el Departament de Territorio y Sostenibilidad del que era responsable.

(SERVIMEDIA)
14 Oct 2019
ICG/SGR/mjg