Denuncias

Europa analiza este martes dos peticiones de España que urgen a eliminar el 'impuesto rosa' y ampliar las ZEPA en Baleares

- Presentadas por un ciudadano español y Asaja Baleares, respectivamente

Madrid
SERVIMEDIA

La comisión de Peticiones del Parlamento Europeo examina este martes en Bruselas cerca de 30 denuncias presentadas por ciudadanos de los países miembros. Entre ellas, la petición presentada por un ciudadano español que exige la eliminación del conocido como 'impuesto rosa' así como la de Asaja en la que solicita la revisión de nuevas zonas de protección especial de aves (ZEPA) y sus ampliaciones de 2017 en las Islas Baleares.

Según informó el Parlamento Europeo a través de un comunicado, en concreto, se atenderá la petición presentada por A.N.M., de nacionalidad española, acompañada de tres firmas y en la que los demandantes exigen la eliminación en toda la Unión de este sobrecoste que las mujeres pagan por la adquisición de determinados productos o servicios comercializados para el género femenino pero que, en realidad, “son iguales a los comercializados para hombres”.

En su escrito, los peticionarios se quejan de que las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE del Consejo relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido “impide” que los Estados miembros “reduzcan o supriman” el IVA sobre los productos para la menstruación, que, a su juicio, se consideran “productos de lujo” y a los que se aplica un IVA del 21%.

Por esta razón, demandan la adopción de medidas legislativas “concretas” a nivel europeo que contribuyan a “poner fin” a lo que consideraron “una discriminación”.

En su respuesta, la Comisión manifestó que la directiva 2004/113 prohíbe la discriminación directa o indirecta por razones de sexo para el acceso a bienes y servicios y su suministro, precisando que el hecho de que un producto “supuestamente destinado a hombres”, como las hojas de afeitar, cueste menos que otro similar en su variante para mujeres “no debe verse como una discriminación en el sentido de la directiva” ya que los fabricantes “son libres para fijar precios diferentes para productos diferentes”.

“Además, las mujeres pueden comprar la versión azul del producto sin sobrecoste”, apostilló, al tiempo que admitió que no ocurriría así en el caso de productos “totalmente iguales”, de la misma marca, serie y color, que se vendieran a precios diferentes “dependiendo de si el comprador es hombre o mujer”.

Con respecto al IVA que grava en algunos Estados miembros determinados productos destinados a mujeres, la Comisión se refirió a la Directiva 2006/112/CE cuyo articulado ya permite que los Estados miembros apliquen un tipo de IVA reducido a contraceptivos y productos para la higiene femenina y que cada país es “libre” de hacer uso o no de esta posibilidad.

Además, puntualizó que ya ha presentado la propuesta necesaria para modificarla y dejar a los Estados miembros un “mayor margen de flexibilidad” a la hora de determinar los tipos del IVA aplicables en su territorio.

ZONAS ZEPA

Por lo que respecta a la petición presentada por Asaja Baleares, la organización agraria entiende que estas zonas estarían planteando “enormes limitaciones” al desarrollo de la actividad agraria en la zona y “no responden a intereses medioambientales acreditados ni están avaladas por datos de científicos ornitólogos”.

Asaja recuerda en su petición que terrenos rústicos de aprovechamiento agrícola, ganadero, silvícola y cinegético se están convirtiendo en ZEPA con “grave perjuicio” para los titulares de las zonas afectadas y denuncia, en concreto, de la designación de ocho nuevas ZEPA en virtud de la Directiva sobre aves, de la ampliación de la ZPE Sa Costera y Marina de Llucmajor y de la designación como ZPE del lugar de interés comunitario existente (LIC) ES5310101 Randa.

En su respuesta, la Comisión destacó que la designación como ZPE “no implica limitación alguna de los usos tradicionales y legítimos del territorio”, que “sólo en algunos casos” podrían ser objeto de regulación para garantizar la “sostenibilidad y compatibilidad con el estado de conservación de las especies de aves” que se pretenden proteger bajo esa figura.

Asimismo, subrayó que también se pueden autorizar nuevos usos o actividades “siempre que sean compatibles con estas especies” y que la designación de ZPE “no impone ningún tipo de servidumbre o regulación del uso público de esos territorios”.

La Comisión estimó que, según la información contenida en el Acuerdo del Gobierno de Baleares que razona dicha declaración y ampliación, esta “parece justificada y coherente con la actual riqueza en materia de biodiversidad de la región”. “No hay pruebas de que las XPE de la región de las Islas Baleares no cumplan los criterios científicos para su selección”, concluyó.

(SERVIMEDIA)
21 Ene 2020
MJR/mjg