Sector financiero

Bankinter permitirá aplazar el pago del capital en hipotecas a familias que no cumplan con los requisitos del decreto de emergencia

MADRID
SERVIMEDIA

Bankinter permitirá aplazar en hasta cuatro meses el pago del capital de las hipotecas a familias que no puedan acogerse a los requisitos planteados en la moratoria hipotecaria aprobada por el Gobierno para ayudar a quienes sufran mermas de ingresos por las actuaciones de contención contra el coronavirus.

Sus clientes pagarán así menos cuota mensual en su hipoteca, al congelarse el abono correspondiente a la amortización de capital, explicó este miércoles el banco.

La entidad prevé que dicha carencia en el pago pueda ser prorrogable hasta los 12 meses en aquellos casos en los que sea necesario, consciente de las necesidades de liquidez que pueden tener las familias por la situación generada con el Covid-19.

Bankinter concederá dicho aplazamiento a empleados por cuenta ajena que entren en situación de desempleo o estén afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), así como a profesionales, autónomos o empleados de sectores cuya actividad esté paralizada por las medidas extraordinarias.

Su decisión se suma a otras medidas articuladas para ayudar a empresas, autónomos, empleados. Desde este miércoles el banco tiene activada la línea de avales respaldados por el Estado, cuyo primer tramo fue aprobado ayer por el Consejo de Ministros.

Gracias a ellas todas las empresas y autónomos clientes que cumplan los requisitos del decreto pueden pedir ya que sus créditos sean cubiertos por estas garantías públicas, con lo que se pondrá en marcha el trámite para este procedimiento.

El banco indicó que también ha adelantado en cinco días el pago de las pensiones y ha instrumentado facilidades crediticias a empresas, como las carencias en los préstamos para determinados clientes o post-financiación ‘confirming’; así como carencia y ampliaciones de plazo en los ‘leasing’, tanto para pymes como para autónomos.

(SERVIMEDIA)
25 Mar 2020
ECR/gja