Laboral

Fedea aboga por simplificar los ERTE y los requisitos del cobro de prestaciones

MADRID
SERVIMEDIA

La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) apuesta por revisar la normativa laboral y fiscal que pueda afectar a la aplicación “inmediata y plena” de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y por flexibilizar “al máximo” los protocolos de abono de los importes.

En un estudio sobre las finanzas públicas y el Covid-19 difundido este lunes, Fedea señala las primeras experiencias de tramitación de ERTE en esta crisis “recomiendan adoptar con urgencia algunos cambios en los procedimientos de tramitación, simplificando los requisitos establecidos para otros escenarios muy distintos del actual”.

La organización urge a revisar “todas aquellas disposiciones de las normativas laboral y fiscal que puedan afectar a la aplicabilidad inmediata y plena de las medidas aprobadas (este parece ser el caso de la delimitación de las causas para la aplicación de los ERTE)”. Del mismo modo, pide flexibilizar “al máximo” los protocolos para abonar los importes de las prestaciones por desempleo a los trabajadores afectados, “desplazando a posteriori” su control, para asegurar que perciben sus ingresos en un plazo de tiempo mínimo.

Fedea también apuesta por revisar los requisitos para cobrar la prestación por cese de actividad de los autónomos.

Por otra parte, considera que hay que diferenciar las ayudas para pymes y para grandes empresas, de manera que para las primeras se opte por una subvención directa de determinados costes de funcionamiento y así allegarle liquidez rápidamente “sin imponer un esfuerzo financiero que seguramente muchas de ellas no podrían asumir”, y para las grandes compañías se opte por utilizar la figura de los avales. Posteriormente propone un sistema de subvención ex post en el que una parte de la deuda, o incluso la totalidad, pueda ser condonada a través de la ejecución del aval.

Una forma de agilizar las subvenciones puede ser la “anticipación” mediante créditos fiscales de las cantidades destinadas a cubrir los gastos de funcionamiento que se determinen en el diseño de la medida.

En el caso de las microempresas y de los trabajadores autónomos individuales, la alternativa propuesta por Fedea consiste en un plan de contingencia que, por un lado, permita concesiones “cuasi-inmediatas” de los préstamos solicitados al amparo del programa de liquidez, y que a su vez permita, llegado el caso, una ejecución “rápida” de los avales públicos que cubren un porcentaje elevado de esos préstamos.

En cuanto al aplazamiento o condonación de deudas y cotizaciones, Fedea asevera que “carece de sentido cualquier medida general de condonación de deudas tributarias o por cotizaciones sociales”.

Plantea la “redefinición urgente” de los mecanismos para calcular los ingresos a cuenta de algunos impuestos como el IRPF o los pagos a cuenta en Sociedades y considera que “por razones de gestión, podría ser recomendable el diseño de medidas de aplazamiento durante la primera fase de la crisis, aunque bajo contingencias verificables, posponiendo para la segunda fase los correspondientes ajustes definitivos en función de los cambios que se hayan producido en la capacidad de pago gravada en cada impuesto”.

En materia de vivienda, Fedea considera la alternativa planteada en Alemania en la que se impide a los arrendadores la rescisión unilateral de contratos por impago, si bien les reconoce el derecho a cobrar los alquileres aplazados durante esta crisis. En el caso de las hipotecas, “parece razonable que las entidades financieras cuenten con una cobertura de financiación transitoria de los impagos de cuotas de las hipotecas ocasionados por la crisis, con devolución en aquellos casos en que se produzca la regularización de las deudas por parte de los hogares o empresas prestatarias”.

En suma, Fedea cree que, durante la primera fase de la crisis, coincidente con la duración de la pandemia, los programas presupuestarios y las medidas instrumentales (como las líneas de préstamos públicos y los avales para deudas privadas) deben orientarse prácticamente en exclusiva a garantizar la liquidez de las empresas, societarias y personales, y a mantener niveles “adecuados” de renta en las familias que experimenten caídas de ingresos por el parón de la actividad.

(SERVIMEDIA)
06 Abr 2020
MMR/gja