Coronavirus

El CGPJ reúne un centenar de medidas que serán la base del plan de choque para evitar el colapso de la justicia tras el estado de alarma

- El CGPJ prevé refuerzos para los juzgados, la habilitación del mes de agosto y las sentencias `in voce´

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tomará conocimiento mañana miéroles de un documento base sobre medidas organizativas y procesales para el plan de choque con el que se pretende evitar un colapso de la Administración de Justicia tras el fin del estado de alarma.

El documento base reúne un centenar de medidas que serán remitidas al Ministerio de Justicia para su análisis. El objetivo de este plan de choque es agilizar al máximo la resolución de aquellos asuntos cuya demora incida más negativamente en la recuperación económica y en la atención a los colectivos más vulnerables; y proporcionar a los jueces y magistrados un escenario fiable para la vuelta a la normalidad, con mecanismos que les permitan afrontar con menor dificultad el incremento de las cargas de trabajo al que tendrán que hacer frente.

El texto reúne un centenar de medidas y será ofrecido de inmediato al Ministerio de Justicia. También se dará traslado del documento a los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, a las asociaciones judiciales y a los operadores jurídicos, en calidad de documento inicial de trabajo que pueda someterse a debate al que se hagan aportaciones.

Los grupos de trabajo de CGPJ dirigidos por un vocal e integrado por letrados de la institución han sido los encargado de hacer las primeras propuestas que serán complementadas por iniciativas para la solución extrajudicial de conflictos, la protección a los colectivos más vulnerables, medidas tecnológicas y formación de la Carrera Judicial.

MEDIDAS GENERALES

Las medidas de carácter general pretenden evitar las disfunciones de un ingreso masivo y en poco tiempo de un número elevado de asuntos: Principalmente su desigual reparto, tramitación y respuesta.

Las medidas serán similares a las que se han aplicado en la puesta en marcha de los juzgados especializados en cláusulas abusivas que, concentrando la competencia evitaron que toda la jurisdicción civil se viera afectada por una avalancha de litigiosidad, uniformizando la respuesta judicial y reforzando la seguridad jurídica.

Así, se reforzarán los órganos que resulten sobrecargados; se establecerá normas de reparto y especialización de los Juzgados en el orden civil excediendo el ámbito territorial del partido judicial, como ya ocurre en las jurisdicciones contencioso-administrativa y social y se habilitará el mes de agosto para la tramitación y resolución ordinaria de los procesos judiciales.

En la jurisdicción civil, ya muy sobrecargada, y previsiblemente sobrepasada por las consecuencias económicas de la crisis sanitaria, habrá que hacer frente a procesos concursales, a las contrataciones o al derecho de familia que necesitarán una ágil resolución.

Para ello, se podrán otorgar los apoderamientos `apud acta´ hasta el momento previo a la celebración del acto de audiencia previa en el juicio ordinario o de la vista en el juicio verbal o exigir a las partes un correo electrónico o un número de teléfono en sus escritos alegatorios para agilizar las citaciones y notificaciones en defecto de procurador.

El plan también establece cauces de unificación de criterios interpretativos que eviten respuestas judiciales encontradas y desincentivar las litigaciones sin fundamento mediante la regulación específica de la condena al pago de las costas procesales o la posibilidad de imponer una multa como consecuencia del mantenimiento de posiciones injustificables.

El CGPJ propone elevar a 15.000 euros la cuantía de las demandas cuyo cauce procesal se determine por razón de la cuantía. Y añade la posibilidad de dictar sentencias orales debidamente motivadas y registradas en el correspondiente soporte audiovisual.

Por último, el documento incorpora dos herramientas que pueden contribuir a la rápida resolución de las acciones individuales sobre condiciones generales de la contratación: la extensión de efectos y el denominado `pleito testigo´.

DERECHO DE FAMILIA

En el orden jurisdiccional civil y más concretamente en el ámbito del derecho de familia, laparalización de la actividad laboral afectarán a las relaciones económicas existentes entre los cónyuges, siendo previsible el ejercicio de peticiones de modificación de medidas por parte de los afectados por despidos o ERTE o las solicitudes de compensación de días de visitas a los hijos comunes.

Para que los órganos especializados en esta materia, ya sobrecargados, el Consejo propone reducir su tiempo de respuesta manteniendo los refuerzos acordados hasta el momento en los juzgados de familia y la inmediata puesta en marcha de los juzgados previstos para marzo y junio de 2020 y el establecimiento de un trámite de incidente de ejecución rápido para la resolución de las peticiones de compensaciones de regímenes de visitas para los progenitores que durante la vigencia del estado de alarma no hayan podido disfrutar del establecido por resolución judicial.

Además, prevé la exigencia de que las demandas de separación y divorcio con hijos menores de un documento sobre la regulación del ejercicio futuro de las responsabilidades parentales y en caso de solicitud de medidas de carácter patrimonial, la emisión de una declaración responsable de información económica y patrimonial y de gastos de hijos menores o mayores no emancipados, como condición para que sean admitidas.

EMPLEO

En cuanto a los juzgados de lo mercantil, se verán afectados principalmente por los procedimientos de insolvencia, cuya actuación ágil puede facilitar la continuidad de muchas empresas, de la actividad de los profesionales afectados por la crisis, la obtención del máximo rendimiento económico de los activos, la salvación del tejido industrial y la conservación de los puestos de trabajo, en la medida de lo posible.

En ellos, lo prioritario será tramitar los procedimientos de insolvencia, los procedimientos concursales y la nueva negociación de su deuda a quienes están cumpliendo un convenio, un acuerdo extrajudicial de pagos o un acuerdo de refinanciación, entre otras situaciones. Las medidas pueden incluir una reforma de la Ley Concursal y la unificación de criterios en la aplicación de los mecanismos de segunda oportunidad.

En la jurisdicción penal, no espera el CGPJ un aumento significativo de casos salvo en lo que tenga que ver con la violencia de género. Propone que los recursos frente a resoluciones interlocutorias se puedan hacer en un solo trámite o incluso puedan ser suprimidos.

Se incorporarán también las nuevas tecnologías a esta jurisdicción para practicar determinadas pruebas o documentar actuaciones procesales esenciales y se podrán dictar sentencias orales con soporte audiovisual siempre que se trate delitos leves y que haya conformidad de la partes para no recurrir a instancias superiores.

Asimismo, se proponen también medidas organizativas para las actuaciones que han tenido que suspenderse y las diligencias que se han aplazado.

En el orden contencioso-administrativo se encuadran, por ejemplo, las sanciones por vulnerar el confinamiento, la suspensión de contratos públicos, las requisas o responsabilidades patrimoniales de personal de las administraciones públicas o en materia tributaria y de ayudas del sector público, entre otras muchas.

En este caso, el Consejo propone aplicar las técnicas del `pleito testigo´ y la `extensión de efectos de la sentencia´ para evitar la tramitación innecesaria de pleitos con resultado final incontrovertible; o mejorar y flexibilizar el procedimiento abreviado y en particular excluir la vista allí donde no sea necesaria, así como permitir el dictado de sentencias de viva voz.

MILLONES INMOVILIZADOS

También se consideran medidas en el ámbito de los procedimientos tributarios, en los que se acumulan importes que no pueden seguir paralizados ante los tribunales ante la coyuntura económica que se avecina: sólo en la Audiencia Nacional, los procedimientos en materia tributaria suponen una cuantía superior a los ocho mil millones de euros, de los que más de tres mil millones de euros están afectados por medidas cautelares.

El Consejo plantea, además, la `legitimación colectiva´ de sindicatos y asociaciones para impugnar determinado tipo de resoluciones, lo que permitirá concentrar en un solo procedimiento lo que podrían ser centenares o miles; y la ampliación de los recursos en vía administrativa en materia de contratos a los que se hayan visto afectados por las medidas contra el coronavirus.

En el orden social, el CGPJ espera un gran impacto por el incremento de los procesos por despido, extinciones de contrato del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, reclamaciones de salarios en materia de prestaciones por desempleo, determinación de contingencia o por cese de actividad de trabajadores autónomos.

Ante este escenario, propone reformas en materia procesal como la ampliación de los plazos de caducidad en la mediación y/o conciliación preprocesal, que contribuirá a que esta mantenga un carácter efectivo; la realización de los actos de conciliación y juicio en dos convocatorias diferentes, lo que permitirá agilizar la resolución de los procesos y generalizar la comunicación telemática de los Juzgados con los servicios de mediación, Fogasa u órganos de la administración y por potenciar el dictado de sentencias `in voce´.

También se plantea introducir en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) la contestación escrita en procesos de Seguridad Social, incluido desempleo, cuando lo soliciten todas las partes y no se considere necesaria, lo que descargará las agendas de señalamiento y permitirá que jueces en comisión de servicio sin relevación de funciones asuman dichos asuntos.

En materia de ERTE, se proponen modificaciones para facilitar las impugnaciones conforme a la modalidad procesal de conflictos colectivos, para contribuir a que la controversia se resuelva en un único pleito.

Además, se sugiere introducir el carácter urgente de los procesos por despido o, alternativamente, una disposición de carácter transitorio que establezca que hasta el 31 de diciembre de 2020 tendrá también carácter de urgencia y preferencia en su tramitación cualquier reclamación por despido.

En materia de recursos se plantea la actualización de la cuantía litigiosa que permite el acceso a la suplicación (elevándola a 6.000 euros en general), la modificación del requisito del gravamen para acceder al recurso o que las sentencias resolviendo las impugnaciones de los ERTE no sean susceptibles de recurso de suplicación ni, en su caso, de casación ordinaria.

(SERVIMEDIA)
07 Abr 2020
SGR/gja