Sociedad

La ley de infancia del Gobierno discrimina a víctimas de delitos de odio, según denuncian las ONG

MADRID
SERVIMEDIA

El proyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, actualmente en fase de tramitación parlamentaria tras ser aprobado este martes por el Consejo de Ministros, discrimina a víctimas de delitos de odio, lo que es contrario a la Constitución y a tratados internacionales de derechos humanos.

Así lo afirmaron este jueves Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio, éste formado por varias ONG. Estas organizaciones calificaron de "grave error" la nueva redacción de los tipos penales que afectan a los delitos de odio por suprimir la cláusula general antidiscriminatoria que había incorporado el Consejo de Ministros en diciembre de 2018.

El anteproyecto de ley de hace más de año y medio proponía modificar el Código Penal para incluir la edad, razones de aporofobia o exclusión social entre los tipos penales, como el texto actual, pero, además, incorporaba una cláusula general que permitía sancionar "cualquier otro motivo basado en un prejuicio discriminatorio".

Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio apuntaron que la nueva redacción produce "un efecto de exclusión y discriminación hacia el resto de víctimas que sufren delitos de odio", y señalaron que "no hay motivo alguno" para suprimir la cláusula general.

"Las personas que sufren discriminación por origen territorial, social, idioma o lengua, opinión, color, aspecto físico, profesión, identidad cultural o deportiva, por características genéticas, por estilo de vida o por las infinitas manifestaciones de la condición humana quedarán fuera de un tratamiento igualitario ante la ley", apuntaron.

ANTECEDENTES CRIMINALES

Estas organizaciones indicaron que hay "numerosos antecedentes criminales" que no están explícitas en el 'numerus clausus' actual, como el asesinato de Aitor Zabaleta, aficionado de la Real Sociedad asesinado por un ultra del Atlético de Madrid en las inmediaciones del Vicente Calderón en 1998; el crimen del rol, con el que dos estudiantes mataron a un hombre en una parada de autobús en 1994, o el asesinato de un joven punki en Costa Polvoranca (Alcorcón) a manos de neonazis en 1995.

Indicaron que la nueva redacción es contraria al artículo 10 de la Constitución Española, que universaliza la protección de la dignidad y los derechos inherentes de todas las personas como fundamento de la paz social, y el artículo 14 de la Carta Magna, que prohíbe la discriminación con carácter general.

Además, recalcaron que contraviene la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, así como contradictoria con el Código Penal Militar español y supone una "incongruencia técnica" con el Código Penal.

Por ello, Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio reclamaron a los grupos parlamentarios que enmienden el texto para introducir la cláusula general antidiscriminatoria en la ley.

(SERVIMEDIA)
11 Jun 2020
MGR/pai