Mascarillas

Uso obligatorio de la mascarilla en La Rioja desde hoy, con multa de 100 euros si se incumple

MADRID
SERVIMEDIA

La reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno de La Rioja que se celebró ayer lunes aprobó el uso obligatorio de mascarillas en la región como medida para prevenir los contagios de Covid-19 tras los últimos repuntes en la zona y en el resto de España.

Esta medida, según informó el Ejecutivo que preside Concha Andreu, entrará en vigor a partir de este martes. La norma regula el uso obligatorio de la mascarilla en esta comunidad autónoma para todas las personas mayores de seis años, tanto en la vía pública como en espacios al aire libre y espacios cerrados de uso público o abiertos al público, incluyendo cualquier medio de transporte público o privado.

La mascarilla, según informa el Ejecutivo regional, deberá utilizarse “independientemente” de que se pueda mantener o no la distancia de seguridad, establecida en 1,5 metros, y de manera adecuada, que aclaran que es “cubriendo desde parte del tabique nasal hasta el mentón”.

Avisan desde el Gobierno riojano que vigilarán por su cumplimiento desde la Policía Local, la Policía Nacional, y la Guardia Civil, así como cualquier otro órgano que está habilitado para formular un acta de inspección o denuncia en su ámbito de competencias.

De no cumplirse la norma, alertan de que la autoridad competente sancionará los incumplimientos por un máximo de cien euros, tal y como está previsto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, que es el que regula a nivel nacional el uso recomendable de la mascarilla cuando no se respeta la distancia de seguridad o en espacios cerrados.

En el Gobierno riojano aclaran que no será obligatorio el uso de las mascarillas en varios supuestos como cuando las personas que concurran en un espacio o medio de transporte sean convivientes en un mismo domicilio; cuando se realice una actividad deportiva y se pueda garantizar la distancia interpersonal; en el momento del baño; cuando se estén consumiendo alimentos o bebidas; cuando su uso resulte incompatible con la actividad que se esté realizando; y por situaciones de fuerza mayor.

La norma recogerá que tampoco será obligatoria la mascarilla en las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por su uso, y aquellas personas con discapacidad o dependencia que no puedan retirarse la mascarilla o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

(SERVIMEDIA)
14 Jul 2020
MML/gja