Covid-19

El profesor de Derecho Constitucional Ignacio Álvarez cree que la orden de Sanidad puede “vulnerar” el principio de seguridad jurídica

- Al establecer las medidas sólo "por un plazo limitado"

Madrid
SERVIMEDIA

El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid Ignacio Álvarez señaló este jueves que la orden del Ministerio de Sanidad que conmina a establecer restricciones de movilidad en aquellos municipios con tasas de contagio elevadas puede incurrir en una “eventual vulneración” del principio de seguridad jurídica.

En declaraciones a Servimedia, Álvarez precisó que el hecho de que, según la orden, las medidas contempladas en la Declaración de Actuaciones Coordinadas se adoptarán por las comunidades autónomas “por un plazo limitado”, podría “lesionar” este principio, que es, además, “uno de los principios básicos y fundamentales del Estado de Derecho”, según recoge el artículo 9.3 de la Constitución española.

El objetivo es que los destinatarios de las normas “sepan qué les piden y qué consecuencias tiene tanto aplicarlas como no hacerlo”. “Que yo esté en condiciones de saber qué exigen de mí las normas”, añadió, convencido de que, “si no se cumple eso, el principio de seguridad jurídica se ve lesionado”.

“En este caso, el principio de seguridad se vería un tanto cuestionado cuando me dicen que ahora hay que aplicar nuevas reglas de convivencia pero no me dicen el plazo”, abundó, al tiempo que defendió que, “por este lado, quizá se podría mejorar la técnica normativa”.

Con respecto al “anclaje normativo y jurídico” de la orden, estimó que la “única duda o sombra de sospecha” en torno a ella puede residir en el hecho de “por qué se ha hecho mediante un acto jurídico de la Secretaría de Estado de Sanidad”.

“Que venga solo de una Secretaría de Estado y no sea a través de, ni siquiera, reglamento de Consejo de Ministros, aunque el ministerio tiene las competencias para establecer la coordinación de cuestiones que tengan que ver con la sanidad”, concretó, al tiempo que instó a “poner en perspectiva” que la decisión del departamento de Salvador Illa “no contaba con el respaldo claro de las comunidades autónomas”.

No obstante, una vez publicado en el BOE este acto jurídico es, a su juicio, “de obligado cumplimiento". "Ya no se publica solo la recomendación del Consejo Interterritorial del SNS y pasa de ser una recomendación a un acto jurídico de obligado cumplimiento”, explicitó, para destacar que eso no excluye que, si el Gobierno de la Comunidad de Madrid entiende que la orden “atenta, afrenta o lesiona en alguna medida alguna norma" tiene la opción de interponer un recurso ante los tribunales.

A este respecto, llamó a “no descartar” que el tribunal de lo contencioso encargado, en su caso, de enjuiciar ese recurso “eventualmente pudiera dictar medidas cautelares”, entre las cuales podría estar la suspensión de dicho acto jurídico hasta “decidir sobre su fondo” si entendiese que existe “peligro cierto para bienes, personas o intereses legítimos”.

El Ejecutivo de Díaz Ayuso ha anunciado que presentará un recurso ante el contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional y, sobre la posibilidad de que este prospere, Álvarez dijo “intuir” que, “a tenor de los antecedentes y, con carácter general, se interpretará que estamos luchando contra una pandemia y que una situación tan excepcional exige medidas excepcionales”.

“Eso no significa que sean antijurídicas o vayan más allá del derecho, siempre tienen que encontrar un anclaje normativo”, insistió, al tiempo que señaló que la administración de Díaz Ayuso tendría “otras vías más forzadas” para interponer otro tipo de recurso, como plantear un conflicto positivo de competencias que resuelva el Tribunal Constitucional si considera que el Gobierno de Pedro Sánchez, aun siendo competente "se ha extralimitado" en sus funciones.

Con todo, explicó que el Ejecutivo central “se ha guardado mucho de decir expresamente que no se limitará la libre circulación de personas dentro de estos territorios” y, con relación a las “fórmulas intermedias” que ha demandado Díaz Ayuso para controlar la expansión del virus en la región y que resulten menos gravosas, Álvarez recordó que se trataría, “sencillamente, de exprimir un poco la legislación ordinaria en vigor" y, en especial la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Finalmente, el experto aseguró que la utilización política de la pandemia “quedará en los políticos y sus conciencias” y dijo "creer, honestamente, que tanto quienes gobiernan en la comunidad de Madrid como quienes lo hacen desde el Gobierno central, no anteponen sus consideraciones ideológicas, políticas o electorales a la salud de los ciudadanos”.

En este sentido, reflexionó que “habla mucho y bien” de los gestores públicos el hecho de que, ante la segunda ola de la pandemia, “en líneas generales, están siendo mucho más cautos y prudentes” al establecer medidas de contención, si bien llamó a “no descartar que, si la situación se vuelve a descontrolar, se puedan llegar a tomar decisiones más gravosas”.

(SERVIMEDIA)
01 Oct 2020
MJR/gja