RENOVACIÓN INSTITUCIONAL

La reforma del PP busca eliminar “la mácula de sospecha sobre la parcialidad” del fiscal general del Estado y “los rasgos de politización” del CGPJ

MADRID
SERVIMEDIA

La reforma del Partido Popular para reforzar la independencia judicial en España persigue acabar con “los rasgos distintivos de politización” en la composición del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y eliminar “la mácula de sospecha sobre la parcialidad” del fiscal general del Estado, para lo que plantea que quien haya ocupado un cargo político en los últimos diez años no pueda acceder a este puesto y que también se imponga esta exigencia en la designación de vocales del Consejo.

Así consta en la proposición de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para “el reforzamiento” de su “independencia” y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, para “garantizar la imparcialidad de su actuación”. El PP registró su iniciativa esta misma tarde en el Congreso, tras presentarla en rueda de prensa el líder de la oposición, Pablo Casado.

Esta proposición de ley del PP apuesta por la despolitización de la Fiscalía General del Estado y también defiende que juristas que hayan ocupado cargos políticos no puedan ser vocales del Consejo. Igualmente, pide que los informes del órgano de los jueces se realicen para cualquier iniciativa que afecte al funcionamiento de la Justicia.

Además, plantea la ampliación del sistema de mayorías reforzadas de tres quintos a todas las decisiones del Consejo y que las asambleas legislativas autonómicas no puedan designar vocales de los Tribunales Superiores de Justicia. Hoy se da “un buen paso adelante poniendo en manos de los legisladores la posibilidad de volver al mandato constituyente para que los jueces elijan a los jueces” y “los españoles sepan que la independencia judicial es un pilar fundamental de nuestra democracia”, expuso Casado.

En el texto de la proposición de ley, el PP señala que la composición del CGPJ, en lo que concierne a la elección de los 12 vocales del turno judicial, ha estado sometida “a una singular prueba de estrés constitucional desde la primera versión de la ley orgánica del desarrollo del artículo 122 de la Constitución, que previó la elección por y entre los jueces, hasta la ley orgánica de 1985 que produjo la parlamentarización que se ha mantenido en las dos reformas posteriores”.

“Es patente que en la sociedad española persiste una imagen de politización por el modo de elección del CGPJ, y lo es también que la modernización de la Justicia que se demanda debe fundarse en la eliminación de los elementos negativos que inciden en esa imagen y, por supuesto, en el consenso sobre las bases fundamentales del Poder Judicial, cimiento del Estado de Derecho, poder independiente y unitario, al que corresponde en exclusiva la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado”, expone el PP en su iniciativa.

En cuanto a la composición del CGPJ, el PP indica que “cobra especial relevancia la eliminación que se prevé de rasgos distintivos de politización”. Así, en relación con los vocales del turno de juristas, esta reforma plantea que se prohíba “que puedan ser designados quienes pertenecen a la carrera judicial, para la que hay un turno específico, y además se prohíbe también que sean designados quienes han ejercido cargos políticos en los últimos diez años”.

En relación con los vocales del turno judicial se establece la misma prohibición. Asimismo, esta reforma legal registrada por el principal partido de la oposición mantiene la dedicación exclusiva de los vocales del Consejo y refuerza la estructura y organización interna.

“Parece llegado el momento de volver a las fuentes, pues no se puede ignorar el mandato del artículo 122 de la Constitución”, señala el PP, aludiendo que “en todos los Estados democráticos de nuestro entorno e los que se instituyen órganos de la misma naturaleza que el CGPJ” los vocales del turno judicial “son elegidos por y entre ellos, siendo también mayoritarios en número respecto de los vocales no togados”.

Por tanto, el PP asevera que “se hace imprescindible reflejar en la Ley Orgánica del Poder Judicial con pretensión de permanencia y continuidad la voluntad constituyente de que los jueces y magistrados participen en el proceso de elección de los vocales del turno judicial de forma directa”.

En cuanto se refiere a las exigencias de independencia e imparcialidad, el PP destaca que “no pueden desatenderse de los recientes acontecimientos a los que la Comisión Europea no es ajena y que comprometen la apariencia de imparcialidad de tan importante institución”. “Sin embargo, no debe olvidarse que dicha exigencia no se origina en el criterio de la Comisión Europea, ni tampoco del Consejo de Europa, sino que encuentra su fundamento en nuestra Constitución”, subraya.

A este respecto, se remite a que la Constitución española exige en su artículo 124.2 la necesaria imparcialidad del Ministerio Fiscal, al disponer que el ejerce sus funciones con sujeción en todo caso a los principios de legalidad e imparcialidad. En esta línea, esta ley establece “tres reformas de calado dirigidas a garantizar la independencia e imparcialidad de la Fiscalía”.

De esta forma, el PP busca eliminar “toda mácula de sospecha sobre la parcialidad del fiscal general del Estado al impedirse que haya desempeñado un cargo político o de confianza política en los diez anteriores años a su nombramiento”. Esta exigencia se refuerza con “el expreso reconocimiento de la competencia del CGPJ para pronunciarse sobre la idoneidad del candidato propuesto por el Gobierno”.

(SERVIMEDIA)
19 Oct 2020
MFN/mjg