Competencia

La CNMC desestima la solicitud de Correos de excluir de las mediciones de sus plazos de envío los meses del estado de alarma

MADRID
SERVIMEDIA

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) anunció este miércoles la desestimación de la solicitud realizada por Correos para excluir los meses de marzo, abril y mayo de las mediciones de los plazos de envío de los productos incluidos en el servicio postal universal (SPU).

Así lo señaló el organismo supervisor, que anualmente revisa la calidad de prestación del SPU que realiza Correos como operador designado por el Estado para prestar dicho servicio, y que este miércoles recordó que “las mediciones de los plazos de entrega de la carta ordinaria y del paquete azul son la base para valorar el grado de cumplimiento por parte de Correos de uno de los objetivos de calidad exigibles en la prestación del SPU”.

Con motivo de la declaración del estado de alarma y de los efectos de la pandemia ocasionada por el Covid-19 sobre sus procesos operativos y sobre sus sistemas de medición, Correos solicitó a comienzos de mayo a la CNMC que se excluyeran de las mediciones de los plazos de entrega correspondientes al ejercicio 2020, los meses de marzo, abril y mayo de este año.

En concreto, Correos basó su solicitud en reclamar como supuestos de fuerza mayor tanto la crisis sanitaria como las medidas normativas a ella asociadas para invocar la afectación del principio de continuidad en la prestación del SPU y pedir la autorización ante la CNMC de la deducción de esos tres meses de la medición de los plazos de entrega.

Sin embargo, la Sala de Supervisión Regulatoria de la CNMC (SSR) considera “que la fuerza mayor que invoca Correos no resulta suficientemente fundada a la luz del principio de continuidad establecido en el artículo 22.1 de la Ley Postal, toda vez que el propio Correos comunicó que el SPU se siguió prestando aún en los momentos más complejos de la crisis sanitaria y del estado de alarma”.

Por ello, el supervisor estima “que los eventos alegados por Correos, aunque impactaran en el operador, no lo hicieron con una intensidad tal que se viera impedido para la prestación del SPU en todos y cada uno de los días del trimestre considerado” y que “al no quedar suficientemente acreditada la fuerza mayor, no deben descontarse del cálculo anual de los plazos de expedición de los productos incluidos en el SPU, las mediciones de los meses de marzo, abril y mayo de 2020”.

(SERVIMEDIA)
21 Oct 2020
IPS/gja