Pandemia

La Generalitat sugiere que mantener las elecciones podría cuestionar la "legitimidad" del proceso

- Al no poder garantizar el derecho al voto en condiciones de "libertad" e "igualdad" para todos los ciudadanos y la igualdad de oportunidades entre los concurrentes

MADRID
SERVIMEDIA

El retraso de las elecciones catalanas, previstas inicialmente para el 14 de febrero y fijadas ahora para el 30 de mayo, pretende asegurar el derecho al voto en plenas condiciones de "libertad" e "igualdad" para ser realmente democráticas, según consta en el decreto aprobado este viernes por la Generalitat de Cataluña.

El objetivo, asegura ese decreto, es garantizar el ejercicio del derecho de sufragio en condiciones de plenitud y efectividad, y proteger el derecho a la salud de las personas.

El texto recuerda que ya el decreto de disolución del Parlamento de Cataluña y de la convocatoria para el 14 de febrero preveía la posibilidad de dejar sin efecto esa convocatoria si la situación epidemiológica no permitía llevar a término el proceso electoral con las debidas garantías.

Subraya que la Comisión Jurídica Asesora, en su dictamen a petición del presidente de la Generalitat, preveía medidas organizativas y legislativas para garantizar la salud pública, el derecho a la salud de todas las personas implicadas en el proceso electoral, y el derecho al voto. En caso de constatarse la insuficiencia de esas medidas, siempre con la "adecuada motivación" y con la mínima afectación posible, la Generalitat podría proceder al aplazamiento de las elecciones e, incluso, a su suspensión en los términos indicados.

La Generalitat explica que la pandemia, por su propia naturaleza, genera una alta variabilidad de las circunstancias de salud pública en un escenario temporal tan amplio como el que va desde la publicación del decreto de convocatoria electoral hasta la celebración de las elecciones.

Por ello, se preveía que, en caso de no poder asegurar el derecho al voto en condiciones de libertad e igualdad, pudiendo poner en cuestión el carácter "verdaderamente democrático" de las elecciones y la "legitimación democrática" de las instituciones, existiría la opción de suspender los efectos de la convocatoria y retomarla "cuando las condiciones sanitarias" lo permitan.

Eso sí, precisa, de acuerdo con la Comisión de Venecia, esa decisión debería estar siempre desligada de cualquier "oportunismo político" que pudiera poner en duda la legitimidad de los resultados electorales, por lo que se requerirían las "justificaciones técnicas necesarias" para fundamentar la decisión.

El decreto enumera las restricciones acordadas después de la convocatoria de las elecciones debido al empeoramiento "generalizado" de la situación epidemiológica en Cataluña, y concluye que ahora las circunstancias sanitarias impiden garantizar las condiciones para el desarrollo de un proceso electoral con libertad de concurrencia, ya que los ciudadanos no podrán asistir libremente a los actos electorales.

No se puede garantizar la concurrencia en igualdad de condiciones y oportunidades, asegura, entre otros motivos porque las personas contagiadas, en cuarentena, vulnerables o ubicadas en determinados territorios no se podrán desplazar ni para acudir a actos electorales ni para ejercer su derecho al voto.

La credibilidad, dice, se obtiene mediante una participación "elevada" de la ciudadanía, idealmente con niveles de participación iguales en diferentes segmentos de la sociedad, "dando así legitimidad a los cargos electos".

(SERVIMEDIA)
15 Ene 2021
CLC