Laboral

El BOE publica la prórroga de los ERTE y de las ayudas a autónomos

MADRID
SERVIMEDIA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este miércoles el real decreto-ley que prorroga los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y las prestaciones por cese de actividad de los autónomos hasta el 31 de mayo.

El decreto, que entra en vigor hoy mismo, prorroga todos los ERTE que tienen como causa la Covid-19. Se extienden los ERTE de limitación, de impedimento por decisiones administrativas, los expedientes para sectores “ultraprotegidos” considerados particularmente afectados por la crisis y su cadena de valor.

El esquema de exoneraciones de cotización para las empresas se mantiene, de manera que los ERTE de impedimento tendrán exenciones del 100% para empresas con menos de 50 trabajadores y del 90% cuando tengan mayor plantilla.

En los ERTE de limitación, las exoneraciones serán del 100% en febrero, del 90% en marzo, del 85% en abril y del 80% en mayo para las empresas con menos de 50 trabajadores, y del 90%, 80%, 75% y 70% entre febrero y mayo para las compañías con más empleados.

En el listado de los 50 sectores “ultraprotegidos” han entrado tres nuevas actividades –campings y aparcamiento de caravanas, alquiler de medios de navegación y actividad de mantenimiento físico- y han salido otros tres -fabricación de alfombras, estirado en frío y fabricación de instrumentos musicales-.

En este caso, las exoneraciones oscilan entre el 75% y el 85%, siguiendo el criterio de beneficiar más a las que tienen menor plantilla.

Para pasar de un ERTE de impedimento a uno de limitación o viceversa se reducen los trámites administrativos a una comunicación a la autoridad laboral, en lugar de tener que iniciar un nuevo expediente.

Se mantiene la cuantía de la prestación por desempleo en el 70% de la base reguladora, sigue extendiéndose a aquellos que no reúnan el periodo de carencia necesario, el ‘contador a 0’ no descuenta hasta el 1 de enero de 2022, se mantiene la prestación extraordinaria para fijos discontinuos y las obligaciones para las empresas en ERTE como es la de mantener el empleo por otros seis meses, no despedir por causa Covid y no repartir dividendos.

También se incluye la prórroga del ‘Plan Me cuida’ que sustancia el derecho a flexibilizar la jornada laboral para ejercer el cuidado de personas dependientes y se flexibilizan los requisitos para que jóvenes o menores extranjeros no acompañados puedan adscribirse al Sistema Nacional de Garantía Juvenil si se han visto afectados por un ERTE.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) facilitará a través de su sede electrónica la posibilidad de sus usuarios ejerzan sus derechos, accedan a cualquier servicio o tramiten cualquier procedimiento de protección por desempleo o a través de su sede electrónica.

Además, se adecúa el procedimiento administrativo sancionador para extender actas de infracción automatizadas sin intervención directa de un funcionario a través de un procedimiento especial y sin reducción de garantías jurídicas permitiendo la optimización de las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías en el tratamiento de datos.

AYUDAS PARA AUTÓNOMOS

Por otra parte, el decreto recoge la prórroga de las ayudas Covid a los autónomos acordadas con ATA, UPTA y Uatae. En concreto, se prorroga la prestación por cese de actividad compatible con el trabajo para aquellos autónomos que acrediten una caída de los ingresos del 50% en el primer trimestre del año y no del 75% como anteriormente en comparación con el segundo semestre de 2019. La cuantía será del 50% de la base de cotización mínima que corresponda en función de la actividad.

Se prorroga la prestación extraordinaria por cese de actividad por la suspensión temporal del negocio como consecuencia de una resolución administrativa. La cuantía también es del 50% de la base mínima, equivalente a un mínimo de 760 euros, y se podrá incrementar en un 20% si el autónomo es miembro de familia numerosa y los únicos ingresos de la unidad familiar proceden de su actividad.

Para quienes no cumplan los requisitos anteriores, se prorroga la ayuda extraordinaria de cese de actividad, con una cuantía similar a las anteriores, y para los autónomos de temporada se extiende su prestación extraordinaria. En este último caso, los beneficiarios deberán acreditar que su único trabajo a lo largo de los años 2018 y 2019 se desarrolló en el Régimen de Autónomos o en el Régimen del Mar durante un mínimo de cuatro meses y un máximo de seis en cada uno de los años.

Para los autónomos de temporada, la ayuda equivaldrá al 70% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad, un mínimo de 660 euros.

También se acordó suspender la subida de los tipos de cotización por contingencias profesionales y por cese de actividad prevista para aplicar este año y que se deriva del acuerdo de 2018 con el anterior Gobierno socialista.

(SERVIMEDIA)
27 Ene 2021
MMR/gja