El Gobierno aprueba el proyecto de ley de muerte digna

- Obliga a simplificar la prescripción de estupefacientes específicos para el tratamiento de enfermos terminales

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este viernes el proyecto de ley de cuidados paliativos y muerte digna, que obligará al Gobierno a "simplificar" el proceso de prescripción y dispensación de medicamentos que contengan sustancias estupefacientes específicas para el tratamiento de pacientes en situación terminal.

Según el texto aprobado hoy, que ahora comenzará su tramitación parlamentaria, el Gobierno tendrá que promover, en el plazo de un año, "las medidas normativas precisas en relación a la prescripción y dispensación de medicamentos que contengan sustancias estupefacientes específicas para el tratamiento de pacientes en situación terminal o de agonía".

Y esto, apunta el documento del Ejecutivo, con el objeto de simplificar el procedimiento de dispensación de este tipo de fármacos y hacer más accesible el tratamiento a los pacientes terminales.

Tal y como aseguró en su día la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, la futura norma no despenaliza la eutanasia ni el suicidio asistido" y sí pretende evitar "sufrimiento innecesario y mitigar el dolor" al final de la vida.

El proyecto es "insuficiente" para Derecho a Morir Dignamente por no despenalizar la eutanasia y, por el contrario, "una forma encubierta" de legalizar esta práctica para las asociaciones Provida.

El texto al que ha dado su visto bueno el Consejo de Ministros entiende por situación terminal aquélla "en la que el paciente presenta una enfermedad avanzada, incurable y progresiva, sin posibilidades razonables de respuesta al tratamiento específico con un pronóstico de vida limitado a semanas o meses y en el que pueden concurrir síntomas que requieren una asistencia paliativa especializada".

Para los pacientes en este trance, la futura norma recoge el derecho a recibir "de forma clara y segura" información sobre su situación, pronóstico y tratamientos terapéuticos y paliativos que se les pueden aplicar y, en la misma línea, a tomar sus propias decisiones sobre la aplicación o no de estos tratamientos.

La decisión sobre la atención sanitaria se expresará mediante el consentimiento informado del paciente, libremente revocable, y el rechazo a la intervención propuesta, así como la revocación del consentimiento informado previamente emitido "deberán ser expresos, constar por escrito e incorporarse a la historia clínica", apunta el borrador del Ejecutivo.

En este sentido, el texto regula también los casos de los enfermos terminales que estén en situación de "incapacidad de hecho" y delega la recepción de la información y de la toma de decisiones a la persona designada para tal fin en el documento de voluntades previas, también regulado en la norma.

Del mismo modo, la futura ley establece que los enfermos terminales tendrán derecho a recibir la atención "idónea" para prevenir y aliviar el dolor, lo que incluye, además del tratamiento analgésico específico, la sedación. Las personas que precisen este tipo de atención también podrán recibirla, por derecho, en su domicilio.

Igualmente, los beneficiarios de la norma tendrán garantizado el derecho al acompañamiento al final de su vida, a la intimidad, con una habitación individual en el hospital, y a la protección de sus datos.

PARA LOS MÉDICOS

Además de a los pacientes que viven sus últimos días, la futura ley se dirige a los profesionales sanitarios que tienen que atenderlos y establece que han de respetar siempre la voluntad de los enfermos sobre los cuidados y tratamientos que desean recibir.

A este respecto, el borrador de la norma señala que el cumplimiento de la voluntad del paciente excluirá cualquier exigencia de responsabilidad por las correspondientes actuaciones de los profesionales sanitarios.

(SERVIMEDIA)
10 Jun 2011
IGA/jrv