Tribunales

El Supremo fija el 19 de mayo la vista pública del recurso de la portavoz de Podemos en la Asamblea de Madrid

- Contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que la condenó a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala II del Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 19 de mayo, a las 10.30 horas, la vista pública del recurso de casación presentado por la diputada y portavoz de Podemos en la última legislatura en la Asamblea de Madrid, Isabel Serra, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 10 de marzo de 2020, que la condenó a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, a pena de multa de cuatro meses por un delito leve de lesiones y a otra pena de multa de cuatro meses por un delito de daños.

La Sala que resolverá el recurso estará compuesta por Manuel Marchena (presidente), Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral (ponente), Ana Ferrer y Carmen Lamela.

Serra presentó ante el Tribunal Supremo un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que la condenó por su participación en el intento de frenar un desahucio en el barrio madrileño de Lavapiés en 2014. La defensa de la diputada pide su absolución al entender que la condena es “injusta” por “carecer de pruebas” sobre las acusaciones.

La diputada destaca que la condena se basa exclusivamente en el testimonio de tres agentes de policía, pero con tres particularidades: que no se identificó a Serra el día de los hechos, que fue reconocida 20 días después cuando la Brigada Provincial de Información enseñó a los policías una serie de fotografías entre las que estaba la del DNI de la parlamentaria, que entonces sí la reconocieron, y que ningún de los agentes fue capaz de identificar los objetos supuestamente arrojados.

Por ello, su defensa solicita al Supremo, “no solo que rectifique la sentencia y dicte una nueva”, sino que “reevalúe y vuelva a examinar la prueba”, ya que insiste en que el TSJM la condenó de forma “arbitraria” al basarse solo “en el testimonio de agentes de policía que la identificaron días después mediante un procedimiento irregular”.

En el recurso, Serra asegura que el TSJM no tuvo en cuenta que “todos los vídeos y fotografías de aquel día la muestran en actitud pacífica”, por lo que consideran que “se ha vulnerado su presunción de inocencia” y que se la acusa con pruebas “vagas e imprecisas”.

Los abogados alegan que “pese a que los agentes sostuvieron que Serra era una de las líderes de la manifestación, ella nunca ha formado parte de la plataforma que convocaba esa manifestación, y ninguna imagen o vídeo la sitúa en la concentración hasta varias horas después de que comenzara”. “La jurisprudencia ha establecido que la mera presencia o integración en un grupo no basta para castigar a una persona por las acciones de terceros”, añade el recurso.

(SERVIMEDIA)
05 Mayo 2021
SGR/gja/pai