Fiscalidad

El Consejo de Economistas ve “positivo” pero “incipiente” el acuerdo del G7 sobre el Impuesto de Sociedades

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General de Economistas (CGE) considera “positivo” el acuerdo alcanzado el pasado fin de semana por el G7 para la creación de un tipo mínimo armonizado a nivel internacional en el Impuesto de Sociedades y el reparto de recaudación entre los países en los que opere una multinacional, aunque apunta que la propuesta aún es “incipiente” y por tanto existen dudas sobre cómo se realizará su aplicación práctica.

Así lo aseguró el presidente del CGE, Valentín Pich, en respuesta a los medios de comunicación durante un acto organizado por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del propio CGE sobre el Impuesto de Sociedades 2020, en el que, preguntado por el acuerdo del G7, indicó que “hay que verlo como positivo, pero es muy incipiente”.

Pich resaltó que, pese a que en política hay cosas que parecen difíciles”, el hecho de que este acuerdo haya contado “con países de referencia como Estados Unidos”, debido a la crisis fiscal desencadenada por la pandemia de Covid-19, “quiere decir que esto se puede acelerar”.

“Como español me alegra mucho que esto se haga”, continuó el presidente del CGE, al indicar que “no era bueno que España, por su peso económico e institucional, fuera el primero de la clase en introducir determinados impuestos”.

En cualquier caso, Pich reflexionó sobre “qué pensarán Irlanda o Luxemburgo de este tema”, al ser países con tributación de Sociedades muy baja, y que será labor de la Comisión Europea convencerles para la aplicación de un tipo mínimo cuando esto les podría suponer perder un elemento de competitividad. “Es difícil prever cómo caerá todo esto”, concluyó.

Por su parte, el presidente del REAF, Agustín Fernández, al ser preguntado sobre la posible recaudación que España recibiría gracias a este acuerdo, explicó que “se plantea un sistema donde haya un porcentaje de beneficios que siempre tribute en la sede del grupo de sociedades y luego una parte del resto del resultado del beneficio que sí se distribuya entre los distintos países donde la sociedad opera”.

Así, mencionó que, según el Observatorio Fiscal de la UE, España recibiría 700 millones de euros gracias al establecimiento del tipo mínimo armonizado, pero apuntó que dicho cálculo no tiene en cuenta la recaudación adicional que España recibiría por el reparto por países. En este sentido, aunque Fernández advirtió que para España quizás no tendría mucho impacto el establecimiento de un tipo mínimo, ya que el existente actualmente ya es próximo o incluso superior a los tipos que se están proponiendo, sí se vería beneficiado por el reparto por países al tener “más que recibir que que dar”.

Por otro lado, el presidente del REAF advirtió que habrá que ver “cómo se articula” el tipo mínimo, cuyo objetivo es “evitar la competencia de fiscalidad a la baja”, y “sobre qué reglas se va a aplicar”. En este sentido, señaló que habrá que tener en cuenta cómo se cuantifica el resultado contable; la aplicación de las correcciones pertinentes por doble imposición, y que el sistema no deberá permitir desajustes por el que se produzcan casos de doble tributación.

IMPUESTO DE SOCIEDADES 2020

Por otro lado, el documento presentado por REAF-CGE sobre el Impuesto de Sociedades 2020, aparte de constatar la drástica disminución de ingresos por este impuesto, señala que sólo en Madrid y Asturias los porcentajes de recaudación sobre el total nacional (44% y 1,73%, respectivamente) superan a la proporción de empresas radicadas en esos territorios sobre el total de las existentes en España (20,28% y 1,67%, respectivamente) y que, por tanto, esto puede indicar “que en estas regiones es donde existe una mayor proporción de grandes empresas”.

En cuanto a los tipos efectivos, el informe señala que en 2019 fueron del 5,11% para los grupos y del 12,24% para los contribuyentes que no forman parte de grupos, pero explica que, teniendo en cuenta los ajustes contables relativos a evitar la doble imposición, o los ajustes de consolidación en grupos, entre otros, éstos serían del 21,91% y el 17,4%, respectivamente, siendo así más similares al tipo nominal.

En lo referente a las novedades de la campaña de Sociedades 2020, los economistas asesores fiscales destacaron, entre los aspectos legislativos, la reducción, para empresas de reducida dimensión, de 6 a 3 meses del plazo para poder deducir las pérdidas por deterioro de créditos por insolvencias, plazo que se ha de contar desde que vence la obligación hasta el final del período impositivo.

También señalaron el incremento en el detalle requerido de los ajustes al resultado contable; que se van a suministrar a los contribuyentes más datos fiscales –de sus declaraciones y de las informativas de terceros sobre ellos–; y que se adelanta la fecha a la que se pone en abierto el programa web –15 de junio– y la fecha para acceder a los datos fiscales –24 de junio–.

OPINIÓN SISTEMA TRIBUTARIO

Por otra parte, REAF-CGE también presentó este martes la segunda edición de una encuesta sobre el sistema tributario realizada a más de 5.000 profesionales de la asesoría fiscal.

De esta encuesta se extraen conclusiones como que los profesionales “siguen siendo críticos con nuestro sistema fiscal, y piensan que no mejora con el tiempo”; que “la pandemia afecta negativamente a las empresas al poder perder beneficios fiscales ya aplicados”; y que “las actuaciones telemáticas, a pesar de facilitar el cumplimiento, dificultan la comunicación con la Administración tributaria y disminuyen su flexibilidad”.

También indica que “los cambios de residencia fiscal son una cuestión que ocupa a los asesores fiscales a raíz de las consultas de sus clientes, tanto entre comunidades como al extranjero, y constatan que algunos cambios de residencia obedecen principalmente a motivos fiscales”.

Otra de las conclusiones es que “asesores y contribuyentes prefieren un interlocutor único en la aplicación de los tributos, por lo que valoran positivamente la integración de Administraciones tributarias”, y que “la complejidad del sistema tributario se produce, fundamentalmente, por modificaciones normativas, por cambios de criterio administrativo, por tratamientos especiales y por la deficiente redacción de las normas”.

Por último, la encuesta apunta a que se aprecia “un incremento de la dureza, especialmente en actuaciones de comprobación por los órganos de gestión tributaria y, sobre todo, por la Agencia Tributaria”.

Para atender a estas conclusiones, el REAF propone, entre otras cuestiones, “aprobar modificaciones normativas que impidan la pérdida de beneficios fiscales por la situación excepcional de crisis que estamos viviendo en 2020 y 2021”; disminuir la litigiosidad mediante medidas de flexibilización de recargos y sanciones y en la relación cooperativa, introduciendo, en los procedimientos de revisión, incluso la mediación; y “simplificar y unificar la aplicación de los tributos entre Administraciones autonómicas a nivel práctico, por ejemplo, en cuanto a plataformas y presentación de modelos”.

(SERVIMEDIA)
08 Jun 2021
IPS/clc