VIOLENCIA GENERO. EL CGPJ CONSIDERA EN UN ESTUDIO QUE NO HAY DENUNCIAS FALSAS DE MALTRATADORES

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha hecho público hoy un estudio que acaba con el mito de las supuestas denuncias falsas por violencia de género ya que en el citado trabajo sólo existe una resolución judicial susceptible de ser encuadrada como tal, entre las 530 resoluciones analizadas por este organismo.

De las 530 sentencias que ha integrado la muestra total del estudio, 34 (un 6,42 por ciento) corresponden a apelaciones contra sentencias dictadas en juicios de faltas; 472 (un 89,6 por ciento) a apelaciones contra sentencias dictadas en procedimientos abreviados por los Juzgados de lo Penal y 24 sentencias (un 4,53 por ciento) fueron dictadas en única instancia por las Audiencias Provinciales.

De este estudio, también se desprende que la mayor parte de las resoluciones dictadas en el ámbito de la violencia de género, bien en fase de apelación, bien en enjuiciamiento en única instancia, son de condena, lo que sucede en 450 sentencias, un 84,91 por ciento.

Respecto a los tipos penales que originan más pronunciamientos de condena, el maltrato ocasional, tipificado en el artículo 153 del Código Penal, es el más frecuente, con 267 sentencias condenatorias (59,33 por ciento). Le siguen los delitos de amenazas leves, con 98 sentencias (21,78%) y de quebrantamiento de pena o medida cautelar o seguridad, con 46 sentencias (10,22%).

Una buena parte de las sentencias absolutorias en materia de violencia de género se producen por la dispensa de la obligación de declarar de la víctima. Esto, según el CGPJ, "genera importantes distorsiones puesto que este tipo de delitos se cometen normalmente en la intimidad, adquiriendo, por ello, la declaración de la víctima especial relevancia".

De las 530 sentencias analizadas, en 148 se valora la declaración de la víctima como prueba de cargo, aunque en 114 de ellas concurren otros testigos o pruebas que acreditan esa declaración. En el trabajo de investigación se constata que los jueces optan por la pena de prisión en 388 casos frente a los 28, en los que impusieron trabajos en beneficio de la comunidad.

Las sentencias analizadas revelan, asimismo, la escasa incidencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en la ejecución de actos de violencia contra las mujeres: en 21 sentencias se ha estimado la influencia del consumo de alcohol o drogas y en cuatro la afectación de alteración psíquica.

Por el contrario, la circunstancia agravante aplicada en más ocasiones en las resoluciones condenatorias objeto de estudio es la de reincidencia (21 sentencias, esto es un 4,67%), seguida de la de parentesco (13 sentencias, un 2,89 % de ellas). Solamente se ha detectado un caso donde se haya aplicado la circunstancia de abuso de superioridad y otro la de abuso de confianza.

(SERVIMEDIA)
13 Oct 2009
MAN/jrv